B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-2)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 308
3.- Prueba de expresión oral.
Exposición y diálogo sobre un tema a elegir entre varios propuestos por el Tribunal.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos
dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, anunciando
el lugar y la fecha de celebración de la prueba a que se refiere este apartado.
3. Exención de la prueba.
Estarán exentos de la realización de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano, los
aspirantes que se encuentren en posesión de alguna de las titulaciones o reúnan alguna de las
condiciones que se indican a continuación:
a) Diploma de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real Decreto
1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regula los diplomas de español como
lengua extranjera, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, o
certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la
obtención del mencionado diploma.
b) Certificado de Nivel C1, Avanzado o equivalente en español como Lengua Extranjera,
expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, o certificación académica que acredite
haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de dichos títulos.
c) Título de Licenciado o Grado en Filología Hispánica o Románica, o bien, certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención
de alguno de dichos títulos.
d) Aspirantes que hayan realizado en el Estado español los estudios que hayan sido
necesarios superar para la obtención del título académico alegado para ingresar en el
Cuerpo correspondiente o cualquier otro título oficial universitario.
e) Aspirantes que hayan realizado los estudios necesarios para la obtención del título
académico alegado para ingresar en el Cuerpo correspondiente en algún Estado cuya
lengua oficial sea el español.
Asesores lingüísticos que hayan participado en los programas bilingües en la
Comunidad de Madrid, durante al menos un curso escolar.
g) Haber sido calificado como apto en la prueba de conocimiento de castellano, en
convocatorias anteriores, realizadas por esta Administración educativa.
La falta de presentación de la correspondiente justificación de alguno de estos documentos impedirá
que los aspirantes puedan ser declarados exentos de realizar la citada prueba de acreditación de
conocimiento del castellano.
BOCM-20221227-2
f)
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 308
3.- Prueba de expresión oral.
Exposición y diálogo sobre un tema a elegir entre varios propuestos por el Tribunal.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos
dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, anunciando
el lugar y la fecha de celebración de la prueba a que se refiere este apartado.
3. Exención de la prueba.
Estarán exentos de la realización de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano, los
aspirantes que se encuentren en posesión de alguna de las titulaciones o reúnan alguna de las
condiciones que se indican a continuación:
a) Diploma de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real Decreto
1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regula los diplomas de español como
lengua extranjera, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, o
certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la
obtención del mencionado diploma.
b) Certificado de Nivel C1, Avanzado o equivalente en español como Lengua Extranjera,
expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, o certificación académica que acredite
haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de dichos títulos.
c) Título de Licenciado o Grado en Filología Hispánica o Románica, o bien, certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención
de alguno de dichos títulos.
d) Aspirantes que hayan realizado en el Estado español los estudios que hayan sido
necesarios superar para la obtención del título académico alegado para ingresar en el
Cuerpo correspondiente o cualquier otro título oficial universitario.
e) Aspirantes que hayan realizado los estudios necesarios para la obtención del título
académico alegado para ingresar en el Cuerpo correspondiente en algún Estado cuya
lengua oficial sea el español.
Asesores lingüísticos que hayan participado en los programas bilingües en la
Comunidad de Madrid, durante al menos un curso escolar.
g) Haber sido calificado como apto en la prueba de conocimiento de castellano, en
convocatorias anteriores, realizadas por esta Administración educativa.
La falta de presentación de la correspondiente justificación de alguno de estos documentos impedirá
que los aspirantes puedan ser declarados exentos de realizar la citada prueba de acreditación de
conocimiento del castellano.
BOCM-20221227-2
f)