B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

La licitud del tratamiento de su datos está legitimada en base a la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria
decimoséptima de la citada Ley, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero de protección jurídica del menor, modificación parcial del Código Civil y
de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que
se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. RGPD 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.,
RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Puede ejercer, si lo desea, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos,
así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo,
solicitar en su caso la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de una decisión individual basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles. Según la Ley 39/2015, el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018, puede ejercer sus derechos
por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”.
Los datos personales proporcionados se conservarán por un período determinado de 6
años, y podrán ser comunicados al Ministerio competente en materia de Educación y MUFACE.
Tendrá derecho a retirar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin que
ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
Tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos https://www.aepd.es si no está conforme con el tratamiento que se hace de sus datos personales.
Serán objeto de tratamiento: Datos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales, Características personales, Detalles del empleo, Datos especialmente protegidos.
Los datos tratados proceden del interesado y se podrán realizar consultas, salvo oposición expresa del mismo, de: DNI/NIE del interesado, DNI/NIE del representante, documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por la Comunidad de Madrid y Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Podrá consultar la información adicional y detallada de la información y de la normativa aplicable en materia de protección de datos en la web de la Agencia Española
de Protección de Datos http://www.agpd.es , así como la información sobre el Registro
de Actividades de Tratamiento del Responsable, antes señalado, en el siguiente enlace
www.comunidad.madrid/protecciondedatos.
Decimoquinta
15.1. Formación de la lista de interinos. Todos los aspirantes que presenten solicitud
de participación en este procedimiento selectivo y deseen formar parte de las listas para desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deberán indicarlo marcando en la solicitud de participación, el recuadro C del apartado “Datos a consignar según las bases de
la convocatoria”. Asimismo, en tal caso, deberán realizar la parte de la prueba de la fase de
oposición que se convoque en primer lugar, por la especialidad por la que se presenten.
No obstante, aquellos integrantes de las vigentes listas de interinidad en la Comunidad
de Madrid, que no hayan decaído de las mismas al finalizar el curso académico en que se
desarrolle este procedimiento selectivo, podrán permanecer en ellas sin necesidad de presentar solicitud en dicho procedimiento selectivo.
La formación y ordenación de las citadas listas de aspirantes se aprobará mediante
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 10 de mayo de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba,
expresa y formalmente, el Acuerdo de 3 de mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, por el que se ratifica el Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de
la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, sobre selección de candidatos a

BOCM-20221227-1

Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad