D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221224-6)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Rugby, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el Parque Deportivo Puerta de Hierro, situado en el Monte de El Pardo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE DICIEMBRE DE 2022

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Si transcurrido el plazo persistiera el incumplimiento, se notificará tal circunstancia a la otra
parte y se considerará resuelto el convenio.
5. Imposibilidad sobrevenida.
6. Decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
7. Cualquier otra causa legalmente prevista.
Decimosexta
Régimen jurídico y jurisdicción

BOCM-20221224-6

El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017 de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del
referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que
regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las
Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y actuando conforme a lo establecido en el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe
el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por ambas partes.
Madrid, a 13 de diciembre de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, Fernando Benzo
Sainz.—Por la Federación Madrileña de Rugby, Carlos Fernández de Luz Lorenzo.
(03/24.215/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791