D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221224-6)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Rugby, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el Parque Deportivo Puerta de Hierro, situado en el Monte de El Pardo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 306

Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el ámbito del convenio son:
1. Local de oficinas de 121 m2 situado en uno de los edificios del Parque Deportivo
Puerta de Hierro. Este local se desarrolla todo en planta baja y consta de un vestíbulo de
entrada, aseos, una sala diáfana y dos despachos.
2. Almacén de 17,12 m2 compartido con la propia instalación deportiva Parque Deportivo Puerta de Hierro, situado en la macro nave contigua a los vestuarios de piscina.
3. El campo de rugby y de entrenamiento del Parque Deportivo Puerta de Hierro,
pudiendo utilizar los vestuarios de equipos.
Tercera
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
1. Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación
mediante la utilización de las edificaciones y espacios deportivos previstos en la cláusula
segunda.
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 4.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes, un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el
presente convenio y destinar las mismas a sus fines propios como son el establecimiento de
la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos propios del campo
de rugby, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o parcial de las
instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidas en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de
los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de
terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella en perfecto estado de uso
todas las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes, para la realización de cualquier modificación o reforma de las edificaciones y espacios deportivos, sin
la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en las edificaciones y espacios deportivos que
se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente a dicha Comisión y se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.
11. Abonar los suministros de teléfono, energía eléctrica, gas, agua, y cualquier otro,
así como los servicios de limpieza de las instalaciones previstas, incluida la sede federativa,
en el presente convenio. En caso de que estos suministros estén a nombre de la Dirección
General de Deportes, este repercutirá el importe de los suministros a la Federación a través
del abono previsto en la cláusula sexta.
12. Elaborar las normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes con las normas de utilización del Parque Deportivo Puerta de Hierro y ser visadas por
la Dirección General de Deportes.
13. Informar a la Dirección General de Deportes de los horarios de apertura y cierre,
usos y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán
condicionados por las normas de utilización del Parque Deportivo Puerta de Hierro.

BOCM-20221224-6

Compromisos de la Federación