C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221223-28)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de encomienda de gestión de 7 de diciembre de 2022, entre la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad y la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Atención Primaria (FIIBAP) de la Comunidad de Madrid, para la mejora de la calidad de la información de la vigilancia de enfermedades de transmisión sexual y vectorial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 305

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2022

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ACUERDAN
Primero
Objeto de la encomienda
Por el presente Acuerdo, la Dirección General de Salud Pública encomienda a la FIIBAP
la evaluación de la calidad y la exhaustividad de la información disponible de las infecciones de transmisión sexual y vectorial, para, a partir de los resultados, establecer estándares
de otros sistemas de información que puedan incorporarse a la monitorización de ambos tipos
de infección.
Segundo
Comunicaciones y seguimiento
La Dirección General de Salud Pública, a través de la Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública, dará las instrucciones y establecerá los requisitos o condiciones a la
FIIBAP para la adecuada realización del objeto encomendado, así como se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados.
Tercero
1. La FIIBAP se compromete a:
a) Aportar su conocimiento técnico y experiencia en el ámbito sanitario.
b) Realizar la evaluación y la mejora de la calidad de la información epidemiológica
de las enfermedades de transmisión sexual (infecciones por VIH, gonococo, clamidia, linfogranuloma venéreo, sífilis, hepatitis B, C y otras) y de transmisión por
vectores (por mosquitos de géneros Aedes y Culex, entre otros), y a partir de los
resultados, establecer estándares de otros sistemas de información que puedan incorporarse a la Red de Vigilancia Epidemiológica conforme a los requisitos e instrucciones dadas por la Dirección General de Salud Pública.
c) Justificar económicamente, trimestralmente desde la fecha de la transferencia del crédito, los gastos asociados a la relación de actuaciones realizadas durante dicho período y estado contable del crédito asignado al presente acuerdo.
d) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones
de comprobación que puedan realizarse por la Dirección General de Salud Pública, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la
Intervención y otros órganos.
e) Poner a disposición de la Dirección General de Salud Pública la información necesaria para el seguimiento y evaluación del proyecto.
f) Comunicar a la Dirección General de Salud Pública cualquier alteración que afecte
sustancialmente a la ejecución de las actuaciones previstas en el presente acuerdo.
2. La Dirección General de Salud Pública se compromete a:
a) Facilitar toda la información técnica y administrativa que resulten precisos para el
cumplimiento del objetivo de la encomienda.
b) Realizar la aportación del crédito asignado al cumplimiento de la encomienda.
c) Establecer las actuaciones y el cronograma, para la consecución del objeto de la
encomienda de gestión.
d) Realizar el seguimiento, la evaluación del estado de la encomienda de gestión y la
comprobación de las actuaciones realizadas para garantizar una correcta adecuación a las finalidades perseguidas y un debido uso del fondo percibido, que se llevará a cabo por la persona formalmente designada por el titular de la Dirección
General de Salud Pública.
Cuarto
Presupuesto y pago
El presupuesto que se destina al objeto de la encomienda es de 300.000 euros y la Dirección General de Salud Pública procederá a realizar una transferencia de crédito a la FIIBAP

BOCM-20221223-28

Obligaciones de las partes