Griñón (BOCM-20221222-73)
Régimen económico. Ordenanza fiscal gestión de tributos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

Según queda acreditado en certificación de fecha 19 de diciembre de 2022 expedida al
efecto por el secretario general de esta Corporación, el expediente tramitado para la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la gestión, recaudación e inspección de los tributos y de otros ingresos de derecho público (expediente 2239/2022) ha sido expuesto al público por plazo de treinta días, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 31 de octubre de 2022, y en el tablón de anuncios
de la sede electrónica ( grinon.sedelectronica.es ), sin que durante dicho plazo se haya presentado alegación o reclamación alguna, por lo que se declara la elevación automática a definitivo del acuerdo de aprobación inicial de modificación de la ordenanza, que se publica en el
anexo, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Lo que se hace público para conocimiento general.
ANEXO

“Vistas las circunstancias que acontecen y por razones de interés general se hace necesaria la modificación de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público locales del Ayuntamiento de Griñón, para adaptar
el calendario fiscal en atención a las bonificaciones que se propone aprobar con fecha efectos
ejercicio 2023 relativas al impuesto sobre bienes inmuebles y el impuesto sobre vehículos de
tracción mecánica, siendo necesario para este último impuesto establecer como fechas de su
calendario fiscal otras distintas y quedando por tanto el calendario fiscal para el año 2023 del
siguiente modo (se modifica en su totalidad el artículo 48 apartado segundo).
El calendario fiscal de los tributos exigidos por matrícula o padrón será el siguiente:
a) Tasa de mantenimiento integral de zonas industriales: del 5 de marzo al 5 de mayo.
b) Impuesto sobre bienes inmuebles: del 5 de mayo al 5 de julio.
c) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 5 de agosto al 5 de octubre.
d) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras: del 5 de agosto al 5 de octubre.
e) Tasa por puestos de mercadillo: del 5 de septiembre al 5 de noviembre.
f) Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública: del 5 de
septiembre al 5 de noviembre.
g) Tasa por recogida de residuos sólidos: del 5 de octubre al 5 de diciembre.
h) Impuesto de actividades económicas: del 5 de octubre al 5 de diciembre.
Griñón, a 20 de diciembre de 2022.—El concejal-delegado de Hacienda, Amalio Rodríguez Martín.
(03/24.798/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221222-73

MODIFICACIÓN ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN
E INSPECCIÓN DE LOS TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS DE DERECHO
PÚBLICO LOCALES DEL AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN