B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221222-12)
Puesto libre designación –  Orden de 5 de diciembre de 2022, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de 29 de septiembre de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de octubre), para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 255

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN de 5 de diciembre de 2022, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de la
Consejera de Familia, Juventud y Política Social de 29 de septiembre de 2022
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de octubre), para la
provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.

Por Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de 29 de septiembre
de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de octubre), se aprobó
convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así
como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Unidad Responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública
de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Objeto
Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el
Anexo.
Segundo
Plazo de toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro
de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión será de un mes a contar desde la notificación de la orden de reingreso al servicio activo, conforme a lo establecido en el artículo 1.7 del Decreto 203/2000, de 14 de
septiembre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de
puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en los supuestos de pérdida del que viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre).
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órga-

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