C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221222-18)
Programa FEDER –  Corrección de errores de la Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Director General de Presupuestos, por el que acuerda hacer pública la Decisión de ejecución de la Comisión europea de 7 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Programa de la Comunidad de Madrid FEDER 2021-2027 para recibir ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la Comunidad de Madrid, en aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental
4 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

ra temática. De conformidad con el artículo 15, apartado 5, del Reglamento (UE) 2021/1060,
los gastos relacionados con operaciones relacionadas con el objetivo u objetivos específicos
afectados por las condiciones favorecedoras no cumplidas pueden incluirse en las solicitudes de pago, pero no deben ser reembolsados por la Comisión hasta que esta haya informado al Estado miembro del cumplimiento de la condición favorecedora con arreglo al artículo 15, apartado 4, párrafo primero, de dicho Reglamento.
5. De conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2021/1060, la Comisión
evaluó el programa y presentó observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de
ese mismo artículo el 4 de agosto de 2022 y el 21 de noviembre de 2022. España facilitó información adicional el 10 de noviembre de 2022 y presentó un programa final revisado
el 25 de noviembre de 2022.
6. La Comisión llegó a la conclusión de que el programa cumple lo dispuesto en el
Reglamento (UE) 2021/1060 y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo
y del Consejo2, es coherente con el Acuerdo de Asociación de España y tiene en cuenta las
recomendaciones específicas por país, los retos pertinentes identificados en el plan nacional integrado de energía y clima y los principios del pilar europeo de derechos sociales.
7. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 86, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) 2021/1060, la presente Decisión constituye una decisión de financiación a
efectos del artículo 110, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo3. No obstante, es preciso especificar los elementos necesarios para contraer los compromisos presupuestarios con respecto al programa contemplado
en la presente Decisión.
8. De conformidad con el artículo 112, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2021/1060,
es necesario fijar para cada prioridad el porcentaje de cofinanciación y el importe máximo de la
ayuda de los Fondos. También es necesario especificar si el porcentaje de cofinanciación para
la prioridad se aplica a la contribución total, incluida la contribución pública y privada, o a la
contribución pública.
9. La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la posición de la Comisión en
cuanto a la conformidad de las operaciones financiadas en el marco del programa con las
normas sobre ayudas estatales aplicables en el momento de la concesión de la ayuda.
10. Por consiguiente, procede aprobar el programa,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado el programa “Programa Comunidad de Madrid FEDER 2021-2027” de
ayuda del FEDER en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la comunidad autónoma Comunidad de Madrid en España para el período del 1 de enero de 2021
al 31 de diciembre de 2027, presentado en su versión final el 25 de noviembre de 2022.
Artículo 2

Artículo 3
Se cumplen las condiciones favorecedoras con excepción de:
— La condición favorecedora temática “2.5. Planificación actualizada de las inversiones requeridas en los sectores del agua y las aguas residuales”.

BOCM-20221222-18

1. El importe máximo de la ayuda del FEDER para todo el período de programación
y por año, se establece en el anexo I.
2. El importe máximo de la ayuda del programa se establece en 483 360 603 EUR,
y se financiará a partir de la siguiente línea presupuestaria específica del presupuesto general de la Unión Europea para 2022:
05 02 01.03: 483 360 603 EUR (FEDER-Regiones más desarrolladas).
3. El porcentaje máximo de cofinanciación para cada prioridad se establece en el
anexo II. El porcentaje de cofinanciación para cada prioridad será aplicable a la contribución pública.