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Convenio –  Convenio de colaboración de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Los Pinares para la concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una subvención destinada a la creación de una red de cuidados de personas mayores no dependientes
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Administración Local y Digitalización
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CONVENIO de colaboración de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de
Madrid y la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Los Pinares para la
concesión directa por razones excepcionales de interés público y social de una
subvención destinada a la creación de una red de cuidados de personas mayores
no dependientes.
Madrid, a 9 de diciembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, D. Carlos Izquierdo Torres, Consejero de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 48/2021, de 19 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 146 de 21 de junio de 2021) y actuando en el
ejercicio de su cargo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su
estructura orgánica y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Dña. Ana Belén Barbero Martín, Presidente/a de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Los Pinares, nombrada por la Asamblea Constituyente de esta
Mancomunidad, celebrada el día 25 de julio de 2019 y actuando en el ejercicio de su cargo
y de las facultades que le confiere el artículo 6 de los Estatutos de dicha mancomunidad.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal suficiente para la firma del presente convenio y con esta finalidad,

I. Que la evolución demográfica reciente en España muestra aspectos positivos,
como el aumento de la esperanza de vida o el crecimiento generalizado de la población en
el siglo XXI, pero también negativos, como la despoblación de la mayor parte de su territorio, principalmente de sus áreas rurales, la baja densidad de población, la caída de la natalidad, o los efectos derivados de la sobrepoblación estacional.
II. Que el Reto Demográfico es una idea compleja, que engloba numerosas dimensiones de la población, referidas tanto a la estructura de la pirámide (por sexo, edad…),
como a la localización (en áreas rurales, en ciudades, en zonas despobladas, en áreas con
dispersión territorial…) o a las condiciones de vida (con dificultades para la prestación de
servicios, de bajo nivel de renta…).
III. Que los principales desafíos de los retos demográficos de España es la despoblación, el progresivo envejecimiento de la población y los efectos de la población flotante que
genera en muchas ocasiones un desequilibrio social y territorial, especialmente una brecha
urbana/rural, destacando, entre otros, los problemas de prestación de servicios en ámbitos
de baja densidad de población. Todo esto exige una visión a largo plazo para las zonas rurales que requieren de una actuación concertada y de una estrategia compartida a todos los
niveles administrativos, estatal, autonómico y local para desarrollar actuaciones tendentes
a paliar sus efectos negativos sobre la cohesión territorial y social del país.
IV. Que para afrontar este problema de creciente relevancia social y que requiere de la
coordinación de las actuaciones de las diferentes Administraciones públicas se creó en 2020
la Conferencia Sectorial para el Reto Demográfico y se ha consignado en los Presupuestos
Generales del Estado sendos créditos de 7.113.000 euros, en la aplicación presupuestaria 23.14.456E.451, y 8.569.000 euros, en la aplicación 23.14.456E.751, bajo el epígrafe: “A

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