D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20221222-41)
Convenio –  Convenio de colaboración de 5 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Administración Local y Digitalización) y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la difusión de la cultura sobre las celebraciones navideñas en los municipios de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

la imputación de gastos internos aplicados a las actividades objeto del Convenio
como de los gastos incurridos externamente para dichas actividades, contemplados en el apartado b).
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Reequilibrio
Territorial en función de la justificación del gasto presentada, y previa certificación de esta
de que las actuaciones y costes justificados se ajustan a lo previsto en el presente Convenio. El importe máximo a abonar se verá reducido en función del cumplimiento parcial o
defectuoso de las obligaciones que constan en el Convenio a cargo de RTVM,.
Esta certificación adjuntará una memoria de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administración Local y Digitalización acreditativa de la efectiva ejecución de la
campaña, conforme a lo establecido en el artículo 10.2.l) del Decreto 198/2021, de 3 de
agosto, del consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización.
Quinta
Modificación
Cualquiera de las partes podrá proponer la revisión de este Convenio, en cualquier momento, para introducir las modificaciones que se estimen pertinentes. Dichas modificaciones deberán adoptarse por acuerdo unánime de las partes. De producirse la revisión del
clausulado aquí reflejado, los correspondientes cambios habrán de ser suscritos por las partes e incorporados mediante adendas.
Sexta
Causas de resolución del Convenio y consecuencias de su incumplimiento
El Convenio se extinguirá por su cumplimiento o por resolución.
Son causas de resolución, de conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio prevista en la cláusula octava y a las demás partes firmantes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio
por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así
se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
Séptima
1. Para el desarrollo, concreción y seguimiento de los acuerdos aquí plasmados, ambas partes nombrarán una Comisión Mixta para el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del Convenio, integrada por dos representantes de la Consejería de Administración Local y Digitalización y dos representantes de RTVM. Dicha Comisión se reunirá
cuantas veces sea necesario, a propuesta de una o ambas partes con el fin de mantenerse
permanentemente informadas y realizar el seguimiento de los compromisos asumidos mediante este Convenio, así como impulsar la adopción de medidas y acciones que ambas consideren necesarias para el eficaz cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos.
Los representantes de la Consejería de Administración Local y Digitalización serán el
Viceconsejero de Administración Local y Digitalización y la Secretaria General Técnica
como órgano competente en la Consejería en materia de coordinación y seguimiento de la
publicidad, promoción, divulgación y anuncios en otros medios de difusión. Los represen-

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Comisión para el seguimiento