D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221222-37)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Villalbilla para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 395

ANEXO II
PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Objeto: Financiar los costes de las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres en los ámbitos relativos al empleo, la salud, el deporte, la
cultura y la creación y producción artística e intelectual, en el acceso a la sociedad de la información,
la participación social, así como otras actuaciones dirigidas a fomentar el cambio cultural en materia
de igualdad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la aplicación de la transversalidad
de género en la Administración Local.
FINANCIACIÓN

PRESUPUESTO TOTAL
20.253,24 €
3.016,44 €

I.

Aportación Comunidad de Madrid
Aportación Ayuntamiento

ACTUACIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD
DE OPORTUNIDADES EN EL ACCESO AL EMPLEO

Los contenidos de esta línea de actuación, cofinanciada al 40% por el futuro Fondo Social Europeo
+ dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el periodo 2021-2027, siempre y
cuando sea acorde a los objetivos de dicho Programa Operativo 2021-2027 y a los Criterios de
Selección.
En este contexto, la Entidad Local queda sometida, en cuanto a los gastos, a las normas de
elegibilidad que se establezcan para el Fondo Social Europeo + durante el periodo de programación
2021-2027, de acuerdo con lo dispuesto en el 40.2 a) del Reglamento UE 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes
al Fondo Social Europeo +.
Además, todas las actividades justificadas en este apartado deberán ser específicamente diseñadas
para este Programa, no siendo financiables la ejecución de actividades desarrolladas por la Entidad
Local que contando con objetivos similares no han sido específicamente diseñadas en el marco de
este Programa, quedando, en todo caso, excluida de la financiación la participación en acciones o
eventos organizados por otras entidades públicas o privadas distintas de la Entidad Local.
Las actuaciones a realizar en este apartado podrán tener como objetivos estratégicos:



El empleo, la promoción profesional y el liderazgo
La conciliación, la corresponsabilidad y el uso del tiempo

1. Empleo, Promoción Profesional y Liderazgo
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes
actividades:
Presencia equilibrada de mujeres y hombres en las políticas de recursos humanos, con el
objetivo de promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el
mercado laboral, a través de alguna de las siguientes actuaciones:



1.2.

Acciones de sensibilización sobre la importancia de garantizar la igualdad en todos los
ámbitos de decisión del mercado de trabajo.
Acciones de sensibilización dirigidas a los departamentos de recursos humanos de las
empresas locales, para que incorporen la perspectiva de género en toda su gestión.
Reconocimiento a las entidades que en el ámbito local implanten el principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres en sus políticas de recursos humanos.

Corresponsabilidad empresarial frente a la brecha salarial, con el objetivo de eliminar las
desigualdades entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo, haciendo hincapié en la
reducción de la brecha salarial, a través de alguna de las siguientes actuaciones:
 Acciones de información dirigidas al empresariado local sobre los beneficios de la igualdad
y desarrollo salarial.
 Elaboración de un diagnóstico sobre la brecha salarial en las empresas ubicadas en la
Entidad Local.
 Asesoramiento para la definición y elaboración de medidas para mejorar la equidad
salarial en la empresa.
 Apoyo en la implantación de medidas definidas.
 Evaluación de los resultados del proceso de asesoramiento e implantación de medidas.
 Difusión y publicidad de la campaña y de los servicios ofertados.

BOCM-20221222-37

1.1.