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Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Arroyomolinos, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
Pág. 486

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

ANEXO I
PROGRAMA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
OBJETO: Financiar los costes de las actuaciones en materia de asistencia integral y multidisciplinar
a las víctimas de violencia de género, a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, así como
acciones de carácter preventivo y de sensibilizacióndirigidas a la población municipal.
FINANCIACIÓN
Aportación Comunidad de Madrid
Aportación Ayuntamiento

I.

PRESUPUESTO TOTAL
114.613,49 €
7.055,69 €

FUNCIONAMIENTO DEL PUNTO MUNICIPAL DEL OBSERVATORIO REGIONAL CONTRA
LA VIOLENCIA DE GÉNERO(PMORVG)

En este contexto, los PMORVG actuarán como puntos de información y atención integral a las víctimas
de violencia de género, con o sin título habilitante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la
Ley 5/2005, salvo en lo relativo a la atención de necesidades de acogimiento temporal y los medios
técnicos para su seguridad, sin perjuicio de las acciones de coordinación o derivación que puedan
plantearse. En concreto, las actuaciones a realizar por cada uno de los PMORVG serán las siguientes:
a) Recepcionar las Órdenes de Protección y otras Resoluciones Judiciales equivalentes derivadas
desde el Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección ubicado en la Consejería
competente (Dirección General de Igualdad), registrarlas y hacer un seguimiento de cada una
de ellas en la herramienta telemática habilitada a tal efecto por la Consejería.
b) Aplicar el Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia de Género y todas las actualizaciones que
puedan producirse, tanto en aquellos supuestos en los que se ha derivado desde el Punto de
Coordinación de las Órdenes de Protección, como en el caso de mujeres sin título judicial habilitante
que accedan al PMORVG, trabajando específicamente la identificación de las situaciones de riesgo
y la detección temprana para evitar que las agresiones puedan producirse, así como el
acompañamiento y ayuda técnica necesaria para la toma decisiones, con el fin de evitar la
desprotección de la mujer y sus hijos e hijas y garantizar el derecho a la asistencia social integral.
c) Prestar atención psicosocial individualizada y grupal, en aquellos casos que lo requieran.
d) Prestar asesoramiento y asistencia jurídica, en aquellos casos que lo requieran.
e) Ofrecer información especializada en materia de violencia de género, tanto a nivel particular, a
mujeres que solicitan información pero que no se incorporana los servicios, como la que pueda
solicitarse a nivel institucional dentro del ámbito local.
f) Coordinarse con el resto de recursos disponibles para las víctimas de violencia de género dentro
del ámbito de la Comunidad de Madrid y, en su caso, realizarlas correspondientes derivaciones.
g) Realizar un seguimiento individualizado de cada situación de violencia de género desde el inicio,
con la identificación de los problemas que impiden la toma de conciencia ante el riesgo y de los
factores que pudieran activarla, en coordinación con todos los agentes implicados,
estableciendo a tal efecto un/a profesional de referencia, que será el encargado de realizar la
acogida, el análisis y la valoración de la situación en que se encuentra y sus necesidades, y
planificarlos recursos y servicios que necesita.
h) Registrar todos los datos relativos a la intervención que se realiza con cada unade las mujeres
atendidas, a través de la herramienta facilitada para tal efecto por la Dirección General de
Igualdad así como utilizar el resto de sistemas de seguimiento integral de las mujeres víctimas
de violencia de género que se pongan a disposición de los y las profesionales.
i) Emitir los informes que sean solicitados por la Dirección General de Igualdad o la autoridad
competente relativos a las víctimas de violencia de género, que serán elaborados por los
profesionales del Punto Municipal en la materia correspondiente: social, psicológica, jurídica,
laboral, entre otras, con el objetivo de facilitar la integración de las mujeres y su acceso a los
recursos disponibles derivados de su situación de violencia de género; garantizar el efectivo
cumplimiento de las medidas de protección de las mujeres víctimas de violencia de género, a
fin de ejecutar un sistema de coordinación, administrativo y eficaz, eludiendo toda referencia
personal en la información a facilitar teniendo en cuenta lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de datos y Garantía de los Derechos Digitales.

BOCM-20221222-40

Los PMORVG, de acuerdo con el artículo 37. 2 de la citada Ley 5/2005, son unidades pertenecientes
a la Administración Local, implementados a través de Convenios de Colaboración entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid, y a los que corresponde, entre otras funciones, dar
información, orientación, derivacióny acompañamiento a las víctimas de violencia de género que así
lo soliciten, actuando bajo los principios de coordinación, descentralización y desconcentración,
garantizando la máxima proximidad a las mujeres víctimas de violencia de género y lahomogeneidad
de las prestaciones asistenciales que son de su competencia, de maneraque se garantice la igualdad
de trato y acceso a las prestaciones, con independencia del lugar que tengan su residencia.