Valverde de Alcalá (BOCM-20221221-119)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 303

MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 10 días
hábiles desde la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y tablón de anuncios, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria (Anexo II).
Como medida de agilización, de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional
cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, y el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de las Administraciones Públicas, los interesados no tendrán que aportar datos o documentos que ya hayan sido aportados por el interesado al Ayuntamiento. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento presentó los citados documentos.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Finalizado el plazo anterior, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de un mes, con lo
que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
de los contratos celebrados.
Novena. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Décima. Incidencias

BOCM-20221221-119

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer
por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de
un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
Valverde de Alcalá, a 11 de diciembre de 2022.—El alcalde presidente, Gabino de
Hago García.
(03/23.975/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791