Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20221221-124)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos estabilización
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 303

MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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11. Contratación de personal laboral fijo
11.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución la Presidencia de la Mancomunidad, con indicación del destino adjudicado.
11.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Presidencia de la
Mancomunidad resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados que hubiesen superado el proceso selectivo deberán formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes,
contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución de contratación.
11.3. El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa
justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
12. Formación de listas de espera
Dado que la vinculación del personal temporal es exclusivamente con la plaza desempeñada, las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas
personas que ocupando dicha plaza no superen el proceso selectivo, su inclusión en listas
de espera de carácter preferente sobre las existentes de la misma categoría en la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, de personal laboral temporal con la puntuación obtenida para contrataciones temporales por cobertura de vacante o sustituciones de
larga duración.
13. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital de la sede
electrónica de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
14. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en su caso
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Entrada en vigor

BOCM-20221221-124

Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Mejorada del Campo, a 1 de diciembre de 2022.—La presidenta, Isabel Sánchez
Olmedo.
(02/23.518/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791