D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221221-49)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 280

MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 303

g)

Nombrar de entre su personal un Coordinador/a para la ejecución de todas las actuaciones previstas en este Programa, comprometiéndose a comunicar durante los dos primeros meses de cada año a la Dirección General de Igualdad), la identidad del representante de la Entidad Local que ejerza las labores de coordinación, que en todo caso deberá
pertenecer a la Entidad Local, con indicación de su categoría profesional, así como las variaciones que, en su caso, se produzcan.

h)

Emitir un informe semestral de actividad, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por
la Dirección General de Igualdad, que se presentará junto a la primera justificación de
gastos y pagos.

i)

Emitir una Memoria Anual, que se presentará junto con la segunda justificación de gastos
y pagos, de acuerdo al modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.

j)

Emitir los informes requeridos por la Dirección General de Igualdad, en relación con las
actuaciones y desarrollo del Programa.

k)

Difundir y dar publicidad de todas las actuaciones desarrolladas conjuntamente entre la
Entidad Local y la Consejería competente en materia de mujer, en el marco de este Programa, así como de otras realizadas por la Consejería que pudieran ser de interés para la
población de la Entidad Local.

l)

Aportar cuantos bienes y servicios sean necesarios para el funcionamiento del PMORVG,
contando con el visto bueno de la Dirección General de Igualdad.

m) Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la
Entidad Local, en los plazos señalados en el mismo.
n)



Cualquier otra descrita a lo largo del Anexo I de este Programa, incluidas todas las actuaciones tendentes a facilitar el seguimiento técnico de su ejecución.

  

!  

  3



  " !







2



a) Coordinar y supervisar, mediante los mecanismos apropiados, el desarrollo del presente
Programa.
b) Facilitar los logotipos, soportes normalizados e instrucciones necesarios para la ejecución
del Programa.
c) Derivar las órdenes de protección y otras medidas judiciales de las mujeres víctimas de
violencia de género desde el Punto de Coordinación de la Dirección General de Igualdad
al Punto Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.
d) Facilitar el Protocolo de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, así como
cuantos otros se establezcan con respecto a la gestión técnica y administrativa de este
Programa entre la Consejería (Dirección General de Igualdad) y la Entidad Local.
e) Desarrollar el Plan de Formación dirigido a los y las profesionales de la Red de Puntos
Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género de la Comunidad de
Madrid, con el objetivo de avanzar en la especialización y profesionalización de los y las
profesionales, garantizando unos servicios de atención integral homogéneos y de calidad,
en toda la Comunidad de Madrid.
f)

Proceder al pago de las cantidades establecidas en el Convenio correspondientes a la
Consejería competente, en los plazos señalados en el mismo.

  

 

  

   "  

      

-

Certificación del Interventor o, en su caso, persona que ostente la competencia, con el Conforme y Visto Bueno de Alcaldía, en el que consten las cantidades efectivamente gastadas
y pagadas, en relación con las cuantías que se financian en el presente Programa, según
modelo de certificación que consta en el presente Convenio como Anexo A.

-

Documentación acreditativa de los gastos realizados; facturas, nóminas, justificantes de las
cotizaciones de los Seguros Sociales e informes y justificantes correspondientes. En todo
caso, informe detallado de dedicación del personal del PMORVG en el que se especifique
categoría profesional, funciones concretas desempeñadas, número de las horas semanales
y porcentaje de la jornada de trabajo dedicadas a la actividad objeto de Convenio. O facturas de las/os profesionales que prestan sus servicios en el PMORVG, en las que se deberá

BOCM-20221221-49

De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Cuarta (justificación de gastos y pagos), la Entidad
Local deberá presentar en los plazos establecidos, la siguiente documentación: