D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221221-37)
Convenio –  Convenio de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la colaboración en la realización de la “Semana del Medio Ambiente”
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 303

Séptima
Comisión de seguimiento
1. Para el desarrollo, concreción y seguimiento de los acuerdos aquí plasmados, ambas partes nombrarán una comisión mixta de seguimiento, integrada por dos representantes
de la Consejería competente en materia de medio ambiente (actualmente, la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y dos representantes de RTVM. Dicha comisión
se reunirá cuantas veces sea necesario, a propuesta de una o ambas partes con el fin de mantenerse permanentemente informadas y realizar el seguimiento de los compromisos asumidos mediante este convenio, así como impulsar la adopción de medidas y acciones que ambas consideren necesarias para el eficaz cumplimiento de los objetivos comunes
perseguidos.
Los representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura serán
el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura y el Secretario General Técnico. Los
representantes de RTVM serán su Director Económico Financiero y Coordinación de Gestión y su Director General Corporativo y de Asesoría Jurídica.
2. El funcionamiento de la comisión mixta de seguimiento se regirá por lo dispuesto en la Sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava
Vigencia
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Novena
Derechos de propiedad intelectual
De acuerdo con lo establecido la cláusula cuarta del Convenio de 7 de junio de 2022,
suscrito entre la Comunidad de Madrid y RTVM para la promoción de principios y valores
de interés general, RTVM ostentará en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección reconocido en la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión
a terceros y para su explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad
de los derechos de explotación (entre otros, comunicación pública, incluida la puesta a disposición, reproducción, distribución y transformación) de las producciones audiovisuales
(incluyendo sus elementos integrantes y/o derivados) realizadas al amparo de este convenio.
No obstante, y de acuerdo con las condiciones que de mutuo acuerdo se establezcan,
RTVM podrá ceder a la Comunidad de Madrid los derechos de comunicación pública y reproducción de las producciones audiovisuales e imágenes cuya titularidad ostente RTVM,
todo ello durante el tiempo de vigencia de este convenio y para las utilizaciones establecidas.
Décima
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por sus propias estipulaciones, así como por las estipulaciones las del convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid
y RTVM con fecha 7 de junio de 2022.
En lo no previsto, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo establecido en los artículos 4
y 6.1, y aplicándose los principios de la ley indicada para resolver las dudas y lagunas que
pudieran presentarse.
Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación, aplicación y cumplimiento
del presente convenio y que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión mixta de seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo radicados en Madrid.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.

BOCM-20221221-37

Régimen jurídico