D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221221-31)
Convenio –  Convenio de 29 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid, para la concesión de una subvención directa para la realización del Proyecto materiales disruptivos bidimensionales (2D) dentro del plan complementario en el área de materiales avanzados en el marco del Componente 17, Inversión 01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU, por importe de 10.500.000 euros
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 303

2. La Universidad Complutense de Madrid (UCM) NIF Q2818014I, actuará como
coordinador del Proyecto e interlocutor principal con la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre
el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01),
no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas previstas en este Convenio dado que se otorgan a organismos de investigación para actividades no económicas.
Si los organismos de investigación, además de actividades no económicas, realizasen
también actividades económicas, deberán consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos respectivos.
Cuarta
1. Todos los participantes en el Proyecto tendrán la consideración de beneficiarios
de la ayuda y deberán responder individualmente de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la obligación de reintegro.
2. Además, todos los participantes deben cumplir con las exigencias establecidas en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, y en las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
3. Los participantes deberán contribuir a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante
la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a
proveedores ubicados en la Unión Europea.
4. Todos los participantes deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el artículo 5 del Real Decreto 287/2022, de 19 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la realización de cuatro
programas del segundo marco para la implementación de los Planes Complementarios de
I+D+I con las comunidades autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado "Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación",
que les sean de aplicación.
5. En particular, todos los participantes en el Proyecto deberán:
a) Cumplir con todos los objetivos científico-técnicos que hayan asumido en la cláusula segunda.
b) Remitir el seguimiento de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos previstos en el Proyecto.
c) Remitir a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica los siguientes modelos relativos a la ejecución de los proyectos:
1.o Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI), incluido modelo en
el Anexo II.A.
2.o Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) de los subcontratistas
participantes en la ejecución del Proyecto, incluido modelo en el Anexo II.B,
en el momento en que estas se produzcan y, en todo caso, con la justificación
de las ayudas.
3.o Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas, incluido modelo en el Anexo III.
4.o Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, incluido modelo en el Anexo IV.
d) Remitir al coordinador de manera continuada el progreso de las actuaciones financiadas por el Proyecto y presentar cualesquiera otros informes o documentos justificativos que de acuerdo con la normativa europea o nacional resulten exigibles
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Asegurar que las actuaciones no perjudicarán significativamente al medioambiente de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020.

BOCM-20221221-31

Obligaciones de los participantes