C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221220-34)
Plan sostenibilidad turística –  Orden 2368/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la ejecución del “Plan de sostenibilidad turística en destino del Ayuntamiento de Aranjuez”, que forma parte del “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2021”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (fondos de la Unión Europea-NextGenerationUE)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 113

HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, así como el resto de obligaciones establecidas en la
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
Quinto
Obligaciones de la entidad beneficiaria
1. Los ingresos percibidos por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones objeto de financiación, por estar incluidos dentro del ámbito del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia queda legalmente afectados a financiar dichas actuaciones.
2. Se compromete a asumir las obligaciones previstas en la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, así como el resto de obligaciones establecidas en la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Deberá cumplir con las obligaciones reflejadas en el
artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la comunidad de
Madrid, sobre las obligaciones de los beneficiarios. En este sentido, la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social se hará mediante certificado emitido por cada una de las entidades correspondientes o bien mediante autorización
expresa a la Comunidad de Madrid para realizar la consulta de dichos datos.
3. Con carácter general, son obligaciones de la entidad beneficiaria:
a) Ejecutar las actuaciones del programa y aplicar los fondos previstos para la ejecución y desarrollo de las actuaciones previstas la presente Orden de conformidad
con los hitos, objetivos y la calendarización de cada actuación, definidos en el
anexo I.
b) Destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos y
realizar las actuaciones que integran el PSTD, en la forma, condiciones y plazo establecidos en la presente Orden o, así como justificar ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, el cumplimiento de la finalidad y su coste real (según
anexo I)
c) Destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para cumplir los
plazos de ejecución y maximizar los resultados perseguidos por el mismo.
d) Justificar la realización del mismo mediante la remisión a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid la documentación que se recoge en la Orden.
e) Actuar mediante los principios de objetividad, publicidad y transparencia en la actuación administrativa.
f) Obligación de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia conforme a lo establecido en el artículo 14 de la
presente Orden.
Asimismo, se compromete a:

a) Contribuir al cumplimiento de los Hitos y Objetivos (en adelante HyO) descritos en
la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156 (en adelante, HyO CID);
así como a los HyO descritos en la Decisión de la Comisión en la que se aprueban
los Operational Arrangements entre la Comisión y España, en concordancia con
la Regulación (EU) 2021/241 (en adelante, HyO OA), y los HyO de gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre.
En concreto, deberá atenderse al cumplimiento del Objetivo CID 217 de la Decisión de Ejecución del Consejo, relativo a la adjudicación del presupuesto para los
Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, así como a los hitos CID 220, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, y 221,
relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, en
concordancia con los mecanismos de verificación establecidos por los HyO OA,
en concreto, el Objetivo OA 217, y los hitos OA 220 y 221.
b) Para el cumplimiento de estos Hitos y Objetivos, el PSTD de la entidad beneficiaria contará con una concreción detallada de Hitos y Objetivos de gestión (críticos
y no críticos), en la manera y con los procedimientos previstos en la Orden
1030/2021, de 29 de septiembre.
Así en lo referente los establecidos por la Comunidad de Madrid, deberá cumplir
los siguientes:

BOCM-20221220-34

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