Batres (BOCM-20221220-67)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

BATRES
OFERTAS DE EMPLEO

Con fecha 19 de diciembre de 2022, se ha dictado decreto de Alcaldía número 2022-0778,
cuya parte resolutoria dice lo siguiente:
Primero.—Modificar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Batres para el
año 2019, aprobada por decreto de Alcaldía número 2019-0704, de 19 de diciembre, y publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2020,
que, tras la modificación llevada a cabo por la presente resolución, quedaría como sigue:
PERSONAL LABORAL FIJO
DENOMINACIÓN

CATEGORIA/GRUPO
CLASIFICACIÓN

Nº PLAZAS

FORMA ACCESO
(D.Adic 6ª Ley 20/2021)

Arquitecto Municipal

A1

1

Concurso

Agente Empleo y Desarrollo Local/Técnico de Apoyo a Secretaría-Intervención

A1

1

Concurso

Auxiliar Administrativo

C2

2

Concurso

Auxiliar Biblioteca

C2

1

Concurso

Encargado General

D

1

Concurso

Conserje

E

1

Concurso

Limpiador/a

E

1

Concurso

BOCM-20221220-67

Segundo.—Publicar la modificación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento
de Batres para el año 2019 en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para general conocimiento
e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
Tercero.—Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no podrán interponer
el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del
recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido
la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
Batres, a 19 de diciembre de 2022.—El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.
(03/24.615/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791