Batres (BOCM-20221220-67)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 203
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BATRES
OFERTAS DE EMPLEO
Con fecha 19 de diciembre de 2022, se ha dictado decreto de Alcaldía número 2022-0778,
cuya parte resolutoria dice lo siguiente:
Primero.—Modificar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Batres para el
año 2019, aprobada por decreto de Alcaldía número 2019-0704, de 19 de diciembre, y publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2020,
que, tras la modificación llevada a cabo por la presente resolución, quedaría como sigue:
PERSONAL LABORAL FIJO
DENOMINACIÓN
CATEGORIA/GRUPO
CLASIFICACIÓN
Nº PLAZAS
FORMA ACCESO
(D.Adic 6ª Ley 20/2021)
Arquitecto Municipal
A1
1
Concurso
Agente Empleo y Desarrollo Local/Técnico de Apoyo a Secretaría-Intervención
A1
1
Concurso
Auxiliar Administrativo
C2
2
Concurso
Auxiliar Biblioteca
C2
1
Concurso
Encargado General
D
1
Concurso
Conserje
E
1
Concurso
Limpiador/a
E
1
Concurso
BOCM-20221220-67
Segundo.—Publicar la modificación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento
de Batres para el año 2019 en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para general conocimiento
e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
Tercero.—Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no podrán interponer
el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del
recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido
la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
Batres, a 19 de diciembre de 2022.—El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.
(03/24.615/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 302
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BATRES
OFERTAS DE EMPLEO
Con fecha 19 de diciembre de 2022, se ha dictado decreto de Alcaldía número 2022-0778,
cuya parte resolutoria dice lo siguiente:
Primero.—Modificar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Batres para el
año 2019, aprobada por decreto de Alcaldía número 2019-0704, de 19 de diciembre, y publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2020,
que, tras la modificación llevada a cabo por la presente resolución, quedaría como sigue:
PERSONAL LABORAL FIJO
DENOMINACIÓN
CATEGORIA/GRUPO
CLASIFICACIÓN
Nº PLAZAS
FORMA ACCESO
(D.Adic 6ª Ley 20/2021)
Arquitecto Municipal
A1
1
Concurso
Agente Empleo y Desarrollo Local/Técnico de Apoyo a Secretaría-Intervención
A1
1
Concurso
Auxiliar Administrativo
C2
2
Concurso
Auxiliar Biblioteca
C2
1
Concurso
Encargado General
D
1
Concurso
Conserje
E
1
Concurso
Limpiador/a
E
1
Concurso
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Segundo.—Publicar la modificación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento
de Batres para el año 2019 en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para general conocimiento
e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
Tercero.—Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no podrán interponer
el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del
recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido
la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
Batres, a 19 de diciembre de 2022.—El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.
(03/24.615/22)
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