C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221220-32)
Concesión becas –  Orden 3859/2022, de 16 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid para el curso 2022-2023
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B.O.C.M. Núm. 302

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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ORDEN 3859/2022, de 16 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el
estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de
Madrid para el curso 2022-2023.
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero
Mediante la Orden 792/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid, modificadas
por la Orden 1401/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, y por la
Orden 1557/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía. Asimismo, mediante la Orden 1905/2022, de 30 de junio, del Vicepresidente,
Consejero de Educación y Universidades, se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2022-2023 (publicada en extracto el 6 de julio de 2022).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado sexto de la Orden 1905/2022, de 30 de junio, se publicaron, con fecha 27 de septiembre de 2022, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas, abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora
de las solicitudes, desde el 28 de septiembre al 11 de octubre, ambos inclusive.
Tercero
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración, tras analizar el número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al amparo de lo establecido en
el apartado octavo de la Orden 1905/2022, de 30 de junio, proponer la concesión de beca a
todas aquellas solicitudes que habían reunido los requisitos exigidos en la convocatoria, al
existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas.
Cuarto
La Comisión de Valoración elevó Propuesta de Resolución al Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Vicepresidente,
Consejero de Educación y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de
Orden 792/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, y conforme al Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
Vista la Propuesta de Resolución de la Comisión de Valoración,

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