D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221219-43)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 82/2022, de 27 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del plan especial «PEI-PFOT-183 referente al tramo en la Comunidad de Madrid de la línea de alta tensión 220 kV “ST Hojarasca – ST Henares” (documento técnico marzo 2022), promovido por Mosquetón Solar, S. L.; Obenque Solar, S. L., y Cruceta Solar, S. L.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

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— Ayuntamiento de Santorcaz.
— Otros ayuntamientos que puedan resultar afectados por las instalaciones, según las
alternativas que finalmente se seleccionen.
— Enagas, S. A. (Madrid).
— Unión Fenosa Distribución, S. A.
— CLH Compañía Logística de Hidrocarburos, S. A.
— Subdirección General de Patrimonio. Dirección General Infraestructuras. Ministerio de Defensa.
— Madrileña Red de Gas, S. A. U.
— Dirección General de Industria, Energía y Minas. Área de Minas e Instalaciones
de Seguridad.
— COAG. Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos.
— ASAJA Madrid. Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores.
— UGAMA. Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores.
— WWF/ADENA.
— UPA. Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos.
— Viceconsejería de Medio Ambiente.
— Nedgia Madrid, S. A.
— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural.
— Instituto Geológico y Minero de España (IGME).
— Federación de Municipios de Madrid.
— Dirección General de Economía Circular.
— Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara.
— Iberdrola Renovables Energía, S. A. U.
— Greenpeace España.
— Asociación de Agricultores y Ganaderos de Anchuelo.
— Canal de Isabel, II.
— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
Séptimo

BOCM-20221219-43

Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos
de ordenación, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(02/23.157/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791