B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221219-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2729/2022, 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

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Novena
Calificación del proceso selectivo
1. La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma de la calificación otorgada por el órgano de selección a las personas aspirantes en función de los méritos que
hayan quedado acreditados, sin que, en ningún caso, pueda ser superior a 100 puntos.
2. En caso de empate en la puntuación final obtenida, el orden se establecerá atendiendo a:
1.o Las personas que concurran por el cupo de discapacidad, tal y como recoge el artículo 18.1 del Decreto 54/2006, de 22 de junio del Consejo de Gobierno, por el
que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la
Comunidad de Madrid.
2.o Quienes hayan obtenido la mayor puntuación en el mérito de experiencia profesional en mismo cuerpo o escala de personal funcionario o en la misma categoría profesional de personal laboral del proceso selectivo al que se presenta la persona
candidata en la Administración de la Comunidad de Madrid.
3.o Las personas que hayan obtenido la mayor puntuación en el mérito de experiencia
profesional en otro cuerpo o escala de personal funcionario o en otra categoría
profesional de personal laboral del proceso selectivo al que se presenta la persona
candidata en la Administración de la Comunidad de Madrid.
4.o Quienes hayan obtenido la mayor puntuación en el mérito de experiencia profesional en el mismo cuerpo o escala de personal funcionario o en la misma categoría
profesional de personal laboral del proceso selectivo al que se presenta la persona
candidata en otra Administración Pública.
5.o Las personas que hayan obtenido mayor puntuación en el mérito de formación.
6.o Quienes hayan obtenido mayor puntuación en el mérito de ejercicios superados en
anteriores convocatorias por el sistema general de acceso libre para el acceso al
mismo cuerpo o escala de personal funcionario o a la misma categoría profesional
de personal laboral.
7.o De persistir el empate, éste se deshará mediante la celebración, por parte del órgano de selección, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.
Décima
1. El órgano de selección hará pública, conforme a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería
de Presidencia y Portavocía del Gobierno, en el caso de personal laboral, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos acreditados.
— Calificación final.
2. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos establecidos en la base decimocuarta apartados 14.6 a 14.9 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo,
de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, en el
caso de personal laboral y recogidos en la citada resolución, la correspondiente documentación.
Undécima
Adjudicación de destinos y formalización de los contratos
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por éstas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que

BOCM-20221219-5

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos