D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221219-40)
Convenio –  Convenio de colaboración de 2 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center for Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china en centros educativos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 165

CLÁUSULAS
Primera
Objeto y actuaciones amparadas en el convenio
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y el Center for Language Education and Cooperation, para la realización de un programa dirigido a
promocionar el aprendizaje del idioma chino en los centros educativos de la Comunidad de
Madrid como lengua extranjera a lo largo del curso escolar.

El Center for Language Education and Cooperation se compromete a llevar a cabo las
siguientes actuaciones:
a) Adoptar las medidas oportunas para poner a disposición de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades, el número necesario de titulados en
lengua y cultura china, en adelante becarios, para el desarrollo del programa en los
meses de octubre a mayo de cada curso escolar. Los becarios desarrollarán en centros educativos dependientes de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, programas de conocimiento de la lengua china y de su cultura en
horario extraescolar. En ningún caso ni circunstancia la existencia de este convenio supone relación laboral alguna entre los becarios seleccionados por el Center
for Language Education and Cooperation y la Comunidad de Madrid.
b) Responsabilizarse del proceso de selección, seguimiento y apoyo del personal encargado de la difusión de la lengua y cultura china. Entre los criterios de selección
se valorarán las aptitudes de comunicación para garantizar una interrelación fluida con alumnos, profesores y personal directivo de los centros en que desarrollen
la actividad.
Dado que la prestación del servicio se realiza con la presencia permanente de
alumnado menor de edad deberá presentar una declaración responsable a la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades en la que certifique que sus
becarios están exentos de antecedentes por delitos sexuales (Se adjunta como modelo en el Anexo II).
c) En colaboración con la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades elaborará para su entrega a los alumnos y familiares, una encuesta de satisfacción sobre el contenido y desarrollo de la programación llevada a cabo.
d) Entregar la memoria de las actividades desarrolladas en el curso académico, especificando: personal participante, titulación, horarios, alumnos atendidos y contenido de las actividades.
e) Si se suspendiera la actividad educativa presencial en uno o en varios centros, por
fuerza mayor y/o situación excepcional, los becarios continuarán la formación con
los alumnos inscritos al programa, adecuando los medios y recursos disponibles a
la situación del alumnado, prestando el servicio educativo por vía telemática y facilitando, en su caso, el equipamiento informático necesario para el desarrollo del
programa.
f) Los becarios no tratarán datos personales de los alumnos fuera del centro educativo ni alojarán información relativa a ellos en ningún dispositivo personal o que
pueda ser facilitado por Center for Language Education and Cooperation. En caso
de ser necesario, el centro pondrá a disposición del becario un espacio de nube
corporativa de EducaMadrid durante el período de su actividad docente para que
pueda trabajar de manera segura, quedando la información que el becario incorpore allí en posesión del centro.
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades se compromete a:
a) Designar los centros educativos donde serán desarrolladas las actividades programadas para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china.
b) Autorizar, fuera del horario lectivo, el uso de las aulas en centros educativos de la
Comunidad de Madrid, para la realización de las actividades de enseñanza del
idioma chino.
c) Facilitar el equipamiento con medios informáticos y audiovisuales necesarios
para el desarrollo presencial del programa de conocimiento del idioma.

BOCM-20221219-40

Segunda
Ámbito de colaboración.