Madrid (BOCM-20221216-109)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Moraleja de Enmedio
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 624

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
109

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.

BOCM-20221216-109

CERTIFICO: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2022 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Cinco. Moraleja de Enmedio.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, realizada en comunicación del resultado del pleno de 15 de septiembre del 2022 con
entrada en este Tribunal el 21 de septiembre de este año, en la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz titular de la localidad a D.a María Yolanda Dorrego Leal.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 15 de septiembre del 2022 con entrada en este Tribunal el 21 de septiembre de este año, del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio y nombrar
juez de paz titular del Juzgado de Paz de la localidad a D.a María Yolanda Dorrego Leal.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Navalcarnero, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, al Juzgado de
Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su
publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 24 de noviembre del 2022.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Sebastián Lastra Liendo
(03/23.753/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791