Madrid (BOCM-20221216-107)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Ciempozuelos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
107

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.

BOCM-20221216-107

CERTIFICO: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Uno. Ciempozuelos.—Nombramiento de juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Ciempozuelos, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de junio del 2022 con entrada en este
Tribunal el 28 de octubre de este año, en la que se propone como candidato para el cargo
de Juez de Paz sustituto de la localidad a D.a Patricia Hernández Bernardo.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de junio del 2022 con entrada en este Tribunal el 28 de
octubre de este año, del Ayuntamiento de Ciempozuelos y nombrar juez de paz sustituto del
Juzgado de Paz de la localidad a D.a Patricia Hernández Bernardo.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Valdemoro, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ciempozuelos, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste, extiendo la presente en Madrid a día 24 de noviembre del 2022,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Sebastián Lastra Liendo
(03/23.730/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791