Aranjuez (BOCM-20221216-64)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
Pág. 562
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de crédito número 68 de 2022, aprobada inicialmente en sesión plenaria de 16 de noviembre de 2022, sin
haberse presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada en virtud del artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a cuyo efecto se publica resumida por
capítulos.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN CRÉDITO NUM. 68/2022
A DISMINUIR
CAPÍTULO 3
GASTOS FINANCIEROS
117.481,58
TOTAL
117.481,58
A SUPLEMENTAR
CAPÍTULO 1
GASTOS DE PERSONAL
117.481,58
TOTAL
117.481,58
BOCM-20221216-64
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley Reguladora, contra el expresado acuerdo definitivo podrá interponerse directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Aranjuez, a 14 de diciembre de 2022.—La concejala-delegada de Hacienda, Míriam
Picazo Alonso.
(03/24.290/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de crédito número 68 de 2022, aprobada inicialmente en sesión plenaria de 16 de noviembre de 2022, sin
haberse presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada en virtud del artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a cuyo efecto se publica resumida por
capítulos.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN CRÉDITO NUM. 68/2022
A DISMINUIR
CAPÍTULO 3
GASTOS FINANCIEROS
117.481,58
TOTAL
117.481,58
A SUPLEMENTAR
CAPÍTULO 1
GASTOS DE PERSONAL
117.481,58
TOTAL
117.481,58
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley Reguladora, contra el expresado acuerdo definitivo podrá interponerse directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Aranjuez, a 14 de diciembre de 2022.—La concejala-delegada de Hacienda, Míriam
Picazo Alonso.
(03/24.290/22)
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