Becerril de la Sierra (BOCM-20221216-67)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 565

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 y 177 del Real Decreto 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, de 27 de octubre de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 269, de 11 de noviembre de 2022), sobre modificaciones de crédito números 15PL/2022, 19PL/2022 y 20PL/2022, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería para gastos generales (expedientes 1082/2022, 1385/2022
y 1386/2022, respectivamente), y modificación de crédito número 23PL/2022, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería para gastos generales
(expedientes 1556/2022), que se hace público resumido por capítulos:
EXPEDIENTE 1082/2022
PARTIDAS DE ALTA
CAPÍTULO 2

43.500 €

FUENTE DE FINANCIACIÓN
CAPÍTULO 8

43.500 €

EXPEDIENTE 1385/2022
PARTIDAS DE ALTA
CAPÍTULO 2

17.218 €

FUENTE DE FINANCIACIÓN
CAPÍTULO 8

17.218 €

EXPEDIENTE 1386/2022
PARTIDAS DE ALTA
CAPÍTULO 2

13.800 €

FUENTE DE FINANCIACIÓN
CAPÍTULO 8

13.800 €

EXPEDIENTE 1556/2022
PARTIDAS DE ALTA
CAPÍTULO 2

3.693,50 €

FUENTE DE FINANCIACIÓN
CAPÍTULO 8

3.693,50 €

BOCM-20221216-67

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Becerril de la Sierra, a 5 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Antonio Herrero Márquez.
(03/23.703/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791