Madrid (BOCM-20221216-59)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 533

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Vicealcaldía
Extracto del decreto de 9 de diciembre de 2022, de la delegada del Área de Gobierno de
Vicealcaldía, por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones
por tramitación anticipada para el fomento del asociacionismo para la anualidad 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Esta convocatoria, en los términos establecidos en sus
apartados 4, 5, 7 y 9, está dirigida a las federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones, agrupaciones de entidades y asociaciones de base inscritas en el Censo Municipal
de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid que cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto financiar proyectos de
fomento de asociacionismo que se destinen a fortalecer las relaciones entre entidades adscritas a las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, así como a fomentar
la incorporación de nuevos socios en las asociaciones de base, potenciando el tejido asociativo de la ciudad de Madrid. De igual forma, se podrán financiar proyectos que promocionen la democracia participativa mediante la mediación y las labores de información, orientación, formación y capacitación. Asimismo, es una convocatoria dirigida a sufragar gastos
de alquiler y de funcionamiento de la sede social u otros espacios en los que las entidades
ciudadanas desarrollen sus actividades habituales.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del pleno del Ayuntamiento de Madrid y el
decreto de 9 de diciembre, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que
se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones por tramitación anticipada para el fomento del asociacionismo para la anualidad 2023.
Cuarto. Cuantía.—El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en dos millones de euros (2.000.000,00 de euros). Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 001/111/924.01/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro”
del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2023.
El importe total destinado a la modalidad de “Proyectos” será de 1.900.000 euros, que
se distribuirá entre los 6 ámbitos de actuación definidos en el apartado 3 de la convocatoria de la siguiente forma:
a) Ámbito de actuación “Fortalecimiento”: 490.000 euros.
b) Ámbito de actuación “Cañada Real”: 60.000 euros.
c) Ámbito de actuación “Vecinal”: 350.000 euros.
d) Ámbito de actuación “Educativo”: 100.000 euros.
e) Ámbito de actuación “Mediación”: 450.000 euros.
f) Ámbito de actuación “Orientación”: 450.000 euros.
El importe total destinado a la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, será de 100.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de

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