B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221216-22)
Concurso de méritos –  Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Méritos, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal de Gestión y Servicios de los grupos A, subgrupo A1 y A2, grupo C, subgrupo C1, que se relacionan en el anexo I, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

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publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del nombramiento de
la Comisión de Selección.
9.14. Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las
incidencias que puedan plantearse en relación con las pruebas selectivas, la sede de la Comisión de Selección se fija en la misma sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.

10.1. La Comisión de Selección publicará en la página web www.comunidad.madrid
las calificaciones provisionales obtenidas en el proceso selectivo de los aspirantes cuyos
méritos se hayan baremado conforme a lo dispuesto en el apartado 8.3 ordenados según la
calificación obtenida.
Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día
siguiente al de su publicación para interponer, telemáticamente, reclamaciones contra la
misma. A estos efectos, para presentar las reclamaciones se accederá al Registro Electrónico siguiendo el enlace especificado en la base 5.1.
10.2. Una vez resueltas las reclamaciones por la Comisión de Selección, se publicarán en la página web www.comunidad.madrid , las calificaciones definitivas de los aspirantes cuyos méritos se hayan baremado conforme a lo dispuesto en el apartado 8.3 ordenados
según la calificación obtenida, publicación que servirá de notificación a los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.
Contra el acuerdo de las calificaciones definitivas, podrá interponerse recurso de alzada, ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
10.3. Solamente podrán ser declarados aprobados en el proceso selectivo un número de aspirantes idéntico a las plazas convocadas. En el supuesto de que haya varios candidatos con idéntica puntuación procederá el desempate con los siguientes criterios:
1. Aspirante que concurra por el cupo de discapacidad.
2. Estar ocupando plaza en la misma categoría o equivalente en el Servicio Madrileño de Salud.
3. Servicios prestados en la misma categoría o equivalente en el Servicio Madrileño
de Salud.
4. Servicios prestados en la misma categoría o equivalente en el Sistema Nacional de
Salud.
5. Puntuación obtenida en formación.
6. Letra inicial del primer apellido de los aspirantes. A estos efectos se tendrá en
cuenta la letra “B” según lo establecido en la Resolución de 6 de junio de 2022,
de la Dirección General de Función Pública, por la que se determina que el orden
de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de
Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
No obstante lo anterior, siempre que la comisión de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que de plazas convocadas y con el fin de asegurar
la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las personas seleccionadas o
cuando de la documentación aportada por las mismas se deduzca que no cumplen con los
requisitos exigidos, o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguna de las personas seleccionadas antes de su nombramiento, el órgano
competente podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de las personas
aspirantes que sigan a las personas propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud.
10.4. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
Resolución por las que se hace pública la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y la relación de plazas ofertadas, así como la fecha y procedimiento para la
elección de las mismas. En esta resolución se determinará la forma para la presentación de
la documentación requerida en la base 11.

BOCM-20221216-22

10. Resolución del proceso selectivo