C) Otras Disposiciones - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20221215-48)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera a celebrar en el año 2023 en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 298

Sexta. Tribunal
Se designará un Tribunal de revisión de exámenes, cuya función será resolver las reclamaciones que, en su caso, sean formuladas por un aspirante a la obtención del certificado en relación con el contenido o la calificación de alguna de las preguntas o supuestos
prácticos que se le hubiesen planteado en el examen.
El Tribunal tendrá su sede en las dependencias de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Comunidad de Madrid, calle Orense, número 60, 28020 Madrid.
Séptima. Desarrollo de las pruebas
El examen constará de dos pruebas:
— TEST compuesto por 200 preguntas, con cuatro respuestas alternativas.
— Cuatro supuestos prácticos que requieren aplicar el conocimiento de las materias
que integran el programa a casos concretos. A tal efecto, el aspirante, tras realizar
los cálculos y valoraciones precisos, deberá elegir entre ocho respuestas alternativas en cada uno de ellos.
El tiempo para la realización de cada una de las pruebas de que consta el examen será
de dos horas.
El examen tendrá únicamente forma escrita realizándose mediante medios electrónicos, seleccionándose aleatoriamente. Cuando el examinando inicie el examen, la aplicación
seleccionará aleatoriamente 200 preguntas del banco integrado en la aplicación, aquel responderá las preguntas mediante la aplicación, pudiendo dar por terminada la prueba en el
momento que estime conveniente. Si el examinando no hubiera dado por concluida la prueba con anterioridad, la aplicación la dará por terminada automáticamente en el momento en
que hayan transcurrido dos horas desde que aquel inició el examen.
Tan pronto como el examinando dé por terminada la prueba anterior o, en su caso, sea
la propia aplicación la que la finalice, esta generará la segunda prueba, seleccionando, asimismo, de forma aleatoria, cuatro supuestos prácticos del banco integrado en la aplicación
y, como en el caso anterior, el examinando resolverá los supuestos prácticos mediante la
aplicación, señalando la contestación que estime correcta.
El examinando podrá dar por concluida esta segunda prueba cuando estime conveniente y, en cualquier caso, la aplicación la dará por terminada automáticamente en el momento en que hayan transcurrido dos horas desde que aquel inició la prueba.
Cuando un examinando obtenga la calificación necesaria para resultar apto, será inscrito en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como persona que ha acreditado su competencia para el transporte en la modalidad que corresponda.
Octava. Revisión de exámenes
Finalizadas cada una de las pruebas realizadas mensualmente, el Tribunal de revisión
de exámenes publicará en la página web www.comunidad.madrid , la relación de aspirantes que hayan resultado aptos en cada una de las modalidades.
Los aspirantes podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del listado previsto en el párrafo anterior.
Cuando la reclamación efectuada dé lugar a que un examinando apruebe el examen, se
dictará resolución expresa y se comunicará a la Oficina Central del Registro de Empresas
y Actividades de Transporte para que lleve a cabo la correspondiente inscripción.
Tercero

La normativa a considerar en el desarrollo de los exámenes será la vigente a la fecha
de la celebración de los exámenes.
Cuarto
Clasificación de los tribunales
A los efectos de lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, los Tribunales a
que se refiere la presente convocatoria se clasifican en la categoría primera. El importe de

BOCM-20221215-48

Vigencia de la normativa de transportes y del resto de materias
relacionadas con el contenido de los exámenes