C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221215-45)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 3750/2022, de 1 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas individualizadas al transporte escolar correspondiente a los cursos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 431

ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES RELATIVO A LA CONCESIÓN
DIRECTA DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS
PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR
I. Ámbito normativo y competencial
El presente Plan Estratégico de Subvenciones tiene como referente normativo competencial las siguientes normas:
— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la a Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades.
— La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— El Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas.
— El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
II. Objetivos estratégicos
— Objetivo general: Garantizar la igualdad de oportunidades a aquellos alumnos que
han de desplazarse de municipio para continuar los estudios adecuados a su nivel
educativo.
— Objetivo específico: Garantizar la educación básica a los alumnos de las zonas rurales y de los residentes en barrios de tipología especial o en núcleos chabolistas,
los alumnos escolarizados en centros de Educación Especial o con grave discapacidad motora, aquellos que requieren un tratamiento terapéutico y los alumnos escolarizados en el programa de enseñanza bilingüe.
III. Coste presupuestario previsible
Para la financiación de las ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2022-2023, se dispone de un crédito de 350.000 euros con cargo al Subconcepto 48399
del Programa 323M “Becas y Ayudas a la Educación”, correspondiente al ejercicio 2023.
Para los ejercicios 2024 y 2025 se prevé un coste de 350.000 euros para cada ejercicio.
IV. Financiación
Las actuaciones se financian exclusivamente con cargo a los créditos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
V. Plazo de Ejecución
El presente Plan Estratégico es de aplicación a las ayudas individualizadas para el
transporte escolar durante los cursos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025.
VI. Efectos o resultados perseguidos

VII. Indicadores que permitan verificar el grado de cumplimiento de los objetivos
y resultados
El grado de cumplimiento de objetivos puede medirse a través del siguiente indicador:
número de alumnos que reciben ayuda.

BOCM-20221215-45

El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos generales y específicos planteados.