B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221215-16)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2728/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 298

En caso de oponerse a la consulta para verificar los datos consignados en la solicitud, deberán indicarse los
datos a cuya consulta se opone y los motivos que lo justifican, acompañándose la documentación acreditativa
correspondiente.
9.- Autobaremación:
9.1. Aspectos generales a tener en cuenta:
Es MUY IMPORTANTE que, antes de iniciar la cumplimentación de este apartado, LEA ATENTAMENTE la
BASE OCTAVA DE LA ORDEN DE CONVOCATORIA, ASÍ COMO LO INDICADO A CONTINUACIÓN, ya
que los datos consignados durante el plazo de presentación de solicitudes no pueden ser objeto de
modificación o ampliación en fases posteriores de este proceso selectivo, en las que únicamente se aportará,
en su caso y a requerimiento del órgano de selección, la acreditación de los méritos ahora alegados y
autobaremados.
ƒ

Antes de comenzar a rellenar este apartado, es conveniente que tenga a mano la documentación
necesaria para disponer de todos los datos que se van a tener que incluir en cada una de las casillas
habilitadas para cada uno de los méritos a autobaremar.

ƒ

Se deberán utilizar tantas líneas de registro como sean necesarias para que cada relación profesional,
curso de formación o superación de ejercicio queden perfectamente reflejadas de forma desagregada en
este apartado.

ƒ

La firma de la solicitud conlleva su compromiso de veracidad con respecto a todos los datos consignados
en la misma, por lo que no incluya ningún mérito que no pueda acreditar posteriormente y que, en
cualquier caso y en una fase posterior si le es requerida tal acreditación, no le será, en ningún caso,
valorado.

ƒ

Tenga en cuenta que el cálculo de todas las puntuaciones y los meses de experiencia profesional lo
realiza el aplicativo de forma automática, una vez introducidos los datos solicitados en cada apartado, por
lo que no tendrá que llevar a cabo ninguna operación aritmética.

9.2. Méritos concretos a autobaremar:
1. Experiencia profesional acreditada en la Administración de la Comunidad de Madrid, en otras
Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en
aquellos de los Estados con los que la Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, por los
servicios prestados: hasta un máximo de 70 puntos:
Se han establecido tres tramos con distinta puntuación dependiendo de si su actividad profesional la ha
realizado en la misma categoría profesional de personal laboral que la de este proceso selectivo convocado
en la Administración de la Comunidad de Madrid o en el correspondiente cuerpo, escala y especialidad de
personal funcionario (apartado 1.1.: 0,30 puntos por mes trabajado), en otra categoría profesional y
especialidad de personal laboral o en otro cuerpo, escala y especialidad de personal funcionario diferente a
la de este proceso selectivo convocado en la Administración de la Comunidad de Madrid (apartado 1.2.: 0,20
puntos por mes trabajado) o en la misma categoría profesional de personal laboral que la de este proceso
selectivo convocado en otra Administración Pública dentro del ámbito de aplicación del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre (TRLEBEP) (apartado 1.3.: 0,15 puntos por mes trabajado).

ƒ

Incluya en el apartado correcto - 1.1., 1.2. y 1.3. -, en función de las características de la experiencia
profesional a autobaremar, el período de experiencia profesional que corresponda, utilizando tantas líneas
de registro como sean necesarias.

ƒ

Cada período de experiencia profesional debe ser consignado en un registro, en el que se tienen que
cumplimentar todos y cada uno de los datos que aparecen en los diferentes apartados:
x

Denominación completa de la categoría profesional y especialidad de personal laboral y del cuerpo,
escala y especialidad de personal funcionario.

x

Fecha de inicio y de finalización de la relación laboral y plazo de inicio y finalización de la relación de
personal funcionario interino: si la relación profesional continúa vigente a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, se debe consignar como fecha de finalización ésta.

x

Porcentaje de jornada (100% o la que corresponda, en su caso).

BOCM-20221215-16

Por ello, es fundamental que tenga muy en cuenta lo indicado a continuación: