C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221215-51)
Concesión ayudas –  Orden 2207/2022, de 2 de diciembre, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas ayudas concedidas mediante la Orden 977/2022, de 20 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2020-2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 298

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 2207/2022, de 2 de diciembre, de la Consejería de Cultura Turismo y
Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas ayudas concedidas mediante la Orden 977/2022, de 20 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo
y Deporte, a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil
en la temporada 2020-2021.

Mediante la Orden 348/2022, de 17 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, se aprueba la convocatoria de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid
o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del
deporte infantil en la temporada 2020-2021.
Por Orden 977/2022, de 20 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
se conceden dichas ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos
municipales, de acuerdo con la Orden 348/2022, de 17 de marzo, anteriormente citada.
El apartado octavo, “Pago, plazo y forma de justificación”, de la Orden 348/2022,
de 17 de marzo, señala los requisitos que han de cumplir las entidades beneficiarias antes
de proceder al pago de las cuantías concedidas. Por otro lado, el artículo 10, “Justificación
para el pago de la subvención” de la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, especifica la documentación justificativa que debe presentarse.
Examinadas las justificaciones presentadas, se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.
En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Revocación del importe de las subvenciones concedidas
Revocar el importe de la subvención de 1.450,82 euros concedida al Ayuntamiento de
Arganda del Rey, por no haber presentado la justificación en el plazo establecido por la Orden 977/2022.
Revocar el importe de la subvención de 9.932,50 euros concedida al Ayuntamiento de
Colmenarejo, por no haber presentado la justificación en el plazo establecido por la Orden 977/2022.
Revocar el importe de la subvención de 288,63 euros al Ayuntamiento de Valdemorillo, por no haber presentado la documentación para la justificación de la ayuda de acuerdo con lo establecido en el apartado primero de la Orden 977/2022, en el artículo 10 de la
Orden 1660/2017, de 17 de mayo.
Segundo
Minorar en 1.492,16 euros el importe de la subvención concedida al Ayuntamiento de
Venturada, por justificar válidamente un importe de 7.265,89 euros, de los 8.758,05 euros
concedidos.

BOCM-20221215-51

Minoración del importe de las subvenciones concedidas