D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
199 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 534
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
¾
B.O.C.M. Núm. 297
Al inicio de la actividad y cuando se produzcan modificaciones, autorización o
inscripción en el registro de gestor de residuos o valorizador, según la
administración competente, y alta en el IAE, de todas las empresas implicadas en
el destino de cada material recuperado 87.
Una vez recibida en Ecoembes la última factura completa del año correspondiente,
en el plazo máximo de dos meses se propondrá si procediera, la factura del incentivo
anual por rendimiento. En el caso de que la facturación haya sido emitida por
entidades diferentes durante el ejercicio, de acuerdo con lo previsto en este
Convenio, la/s factura/s se comunicará a la entidad que ostente la designación en
diciembre, salvo comunicación expresa de la entidad.
6. Gestión de residuos de envases a través de puntos limpios
La Entidad generará y confirmará las facturas a través del Sistema Web de Gestión de
Residuos, con la periodicidad indicada en el Anexo II. Posteriormente las enviará en
papel a Ecoembes. Si la Entidad decidiera facturar mediante firma electrónica a través
de la Aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas.
Con el fin de acceder a la facturación por este concepto, la Entidad deberá rellenar
una ficha informativa sobre el servicio de puntos limpios a través del Sistema Web de
Gestión de Residuos.
Para llevar a cabo la facturación, la Entidad deberá facilitar a través del Sistema Web
de Gestión de Residuos la siguiente información:
¾
Si existe recogida selectiva de envases ligeros o papel-cartón en rutas
específicas 88 para contenedores instalados en puntos limpios, indicar: tipo de
actividad (recogida de envases ligeros y/o de papel y cartón), sistema de
recogida, número de contenedores, tipo de contenedor por volumen, cantidad
recogida y recuperador/reciclador al que se entrega el papel y cartón.
¾
Si existe gestión diferenciada de residuos especiales, indicar: cantidad retirada.
7. Campañas de comunicación
La Entidad podrá generar y confirmar las facturas por este concepto a través del
Sistema Web de Gestión de Residuos. Dichas facturas deben incluir el código de
unidad de gestión facilitado por Ecoembes, para que puedan ser tramitadas
adecuadamente. Si la Entidad decidiera facturar mediante firma electrónica a través
de la Aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas.
BOCM-20221214-36
87
En el caso de que esta documentación esté ya en poder de Ecoembes, no será necesaria su presentación. En el caso de que el
destino final sea fundición o fábrica papelera, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en cada momento.
70
Es decir, rutas que recojan sólo contenedores instalados en puntos limpios.
Pág. 534
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
¾
B.O.C.M. Núm. 297
Al inicio de la actividad y cuando se produzcan modificaciones, autorización o
inscripción en el registro de gestor de residuos o valorizador, según la
administración competente, y alta en el IAE, de todas las empresas implicadas en
el destino de cada material recuperado 87.
Una vez recibida en Ecoembes la última factura completa del año correspondiente,
en el plazo máximo de dos meses se propondrá si procediera, la factura del incentivo
anual por rendimiento. En el caso de que la facturación haya sido emitida por
entidades diferentes durante el ejercicio, de acuerdo con lo previsto en este
Convenio, la/s factura/s se comunicará a la entidad que ostente la designación en
diciembre, salvo comunicación expresa de la entidad.
6. Gestión de residuos de envases a través de puntos limpios
La Entidad generará y confirmará las facturas a través del Sistema Web de Gestión de
Residuos, con la periodicidad indicada en el Anexo II. Posteriormente las enviará en
papel a Ecoembes. Si la Entidad decidiera facturar mediante firma electrónica a través
de la Aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas.
Con el fin de acceder a la facturación por este concepto, la Entidad deberá rellenar
una ficha informativa sobre el servicio de puntos limpios a través del Sistema Web de
Gestión de Residuos.
Para llevar a cabo la facturación, la Entidad deberá facilitar a través del Sistema Web
de Gestión de Residuos la siguiente información:
¾
Si existe recogida selectiva de envases ligeros o papel-cartón en rutas
específicas 88 para contenedores instalados en puntos limpios, indicar: tipo de
actividad (recogida de envases ligeros y/o de papel y cartón), sistema de
recogida, número de contenedores, tipo de contenedor por volumen, cantidad
recogida y recuperador/reciclador al que se entrega el papel y cartón.
¾
Si existe gestión diferenciada de residuos especiales, indicar: cantidad retirada.
7. Campañas de comunicación
La Entidad podrá generar y confirmar las facturas por este concepto a través del
Sistema Web de Gestión de Residuos. Dichas facturas deben incluir el código de
unidad de gestión facilitado por Ecoembes, para que puedan ser tramitadas
adecuadamente. Si la Entidad decidiera facturar mediante firma electrónica a través
de la Aplicación, no será necesario el envío en papel de las mismas.
BOCM-20221214-36
87
En el caso de que esta documentación esté ya en poder de Ecoembes, no será necesaria su presentación. En el caso de que el
destino final sea fundición o fábrica papelera, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en cada momento.
70
Es decir, rutas que recojan sólo contenedores instalados en puntos limpios.