D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 297
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Tipología semiurbana y rural:
Pág. 515
8%
En el caso de Unidades de Gestión que agrupen varios municipios si no se pueden
desagregar las cantidades recogidas en cada uno, se realizará un reparto de los kilos
por habitante de manera proporcional a la población asignada y sistema de recogida
por la entidad.
El valor unitario (d) por eliminación toma el valor 65: d = 0,02513 €/kg
Al valor B* obtenido le aplicarán, en su caso, los siguientes ajustes:
Ajuste del pago variable por calidad del material
El pago variable se ajustará en función del contenido de impropios66, cuando el valor
de la “media móvil” a aplicar en el período 67, sea inferior al 20 % o superior al 30 %. .
El ajuste consistirá en un incremento del pago cuando el porcentaje de impropios sea
inferior al 20% y en un ajuste del pago cuando el valor de la media móvil sea superior
al 30 %, aplicando las siguientes fórmulas:
Pago variable = B* x Porcentaje del pago
Si % impropios < 20 %: Porcentaje del pago (%) = 120 - % impropios
Si % impropios entre 20% y 30%: Porcentaje del pago (%) = 100%
Si % impropios > 30 %: Porcentaje del pago (%) = 180 - 2,667 x %impropios
Si % impropios > 60 %: Porcentaje del pago (%) = 20%
130
120
110
100
90
70
60
50
40
30
20
10
0
0
10
20
30
40
50
% IMPROPIOS
60
70
80
90
100
Incremento por dispersión poblacional
65 Correspondiente al coste de eliminación en el ámbito de la Comunidad Autónoma, para vertederos controlados y que hayan
internalizado las partidas de gasto de todas las operaciones necesarias para una correcta gestión, incluido el sellado y vigilancia.
66
Se consideran impropios aquellos residuos que no se correspondan con envases metálicos, envases de plástico y cartón para
bebidas.
67
Media móvil, según se define en el Anexo IV.I.1
BOCM-20221214-36
% DE PAGO
80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 297
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Tipología semiurbana y rural:
Pág. 515
8%
En el caso de Unidades de Gestión que agrupen varios municipios si no se pueden
desagregar las cantidades recogidas en cada uno, se realizará un reparto de los kilos
por habitante de manera proporcional a la población asignada y sistema de recogida
por la entidad.
El valor unitario (d) por eliminación toma el valor 65: d = 0,02513 €/kg
Al valor B* obtenido le aplicarán, en su caso, los siguientes ajustes:
Ajuste del pago variable por calidad del material
El pago variable se ajustará en función del contenido de impropios66, cuando el valor
de la “media móvil” a aplicar en el período 67, sea inferior al 20 % o superior al 30 %. .
El ajuste consistirá en un incremento del pago cuando el porcentaje de impropios sea
inferior al 20% y en un ajuste del pago cuando el valor de la media móvil sea superior
al 30 %, aplicando las siguientes fórmulas:
Pago variable = B* x Porcentaje del pago
Si % impropios < 20 %: Porcentaje del pago (%) = 120 - % impropios
Si % impropios entre 20% y 30%: Porcentaje del pago (%) = 100%
Si % impropios > 30 %: Porcentaje del pago (%) = 180 - 2,667 x %impropios
Si % impropios > 60 %: Porcentaje del pago (%) = 20%
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% IMPROPIOS
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Incremento por dispersión poblacional
65 Correspondiente al coste de eliminación en el ámbito de la Comunidad Autónoma, para vertederos controlados y que hayan
internalizado las partidas de gasto de todas las operaciones necesarias para una correcta gestión, incluido el sellado y vigilancia.
66
Se consideran impropios aquellos residuos que no se correspondan con envases metálicos, envases de plástico y cartón para
bebidas.
67
Media móvil, según se define en el Anexo IV.I.1
BOCM-20221214-36
% DE PAGO
80