D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
munidad de Madrid de las empresas contactadas que, no habiendo aceptado los requerimientos formulados por Ecoembes, pudieran estar incumpliendo la Ley de Envases, así
como las empresas dadas de baja en el SIG de Ecoembes sin motivo justificado. Todo ello
para que la Comunidad de Madrid pueda adoptar, en el ejercicio de sus competencias, las
medidas oportunas.
4.8. Facilitar a la Comunidad de Madrid y a la FMM la información relativa al desarrollo y seguimiento del presente Convenio, en los términos previstos en el Anexo IV e intercambiar con la Comunidad de Madrid, y en su caso, con las Entidades Locales que se adhieran al SIG mediante el correspondiente convenio bilateral, cualquier información que
sea de interés para el desarrollo de los respectivos acuerdos.
4.9. Apoyar a la Comunidad de Madrid y a la FMM mediante el asesoramiento y el
ofrecimiento de materiales de comunicación, fundamentalmente de campañas. Asimismo,
Ecoembes podrá gestionar algunas acciones de comunicación previo acuerdo de las partes.
Todo ello, en los términos que se detallan en los Anexo I y II.
Cláusula 5
Compromisos de la FMM
La FMM, con la finalidad de contribuir a una aplicación coherente y rigurosa de la normativa de envases en todo el territorio de la Comunidad Autónoma y hacer efectiva la necesaria colaboración interadministrativa en una materia en las que los entes locales tienen
reconocidas competencias esenciales, a través del presente Convenio se compromete a la
realización de las siguientes actuaciones:
5.1. Informar a los Municipios y Mancomunidades sobre el presente Convenio y su
contenido.
5.2. Participar en el seguimiento del Convenio, en concreto, formando parte de la
Comisión de Seguimiento y evaluando en su seno la información recibida de Ecoembes sobre la marcha del programa integral de gestión de residuos de envases en la Comunidad de
Madrid y en los ámbitos locales que participen en el SIG mediante los correspondientes
convenios bilaterales.
5.3. Participar en la determinación de las concretas medidas de comunicación y promoción, a través de su participación en el Grupo de Trabajo creado a tal efecto conforme a
la cláusula 10 de este Convenio.
Cláusula 6
Participación de las Entidades Locales en el Sistema Integrado de Gestión
6.1. Las Entidades Locales podrán participar en el sistema integrado de gestión de
residuos de Ecoembes, mediante la celebración de los correspondientes convenios bilaterales de adhesión al SIG, conforme al modelo contenido en el Anexo V, que Ecoembes se
compromete a firmar con todas las entidades interesadas y que será suscrito por el representante de la Entidad Local y Ecoembes en los términos acordados entre las partes.
6.2. Ecoembes pondrá a disposición de la Comunidad de Madrid, a su solicitud, la
información que obre en su poder proveniente de las Entidades Locales de su ámbito territorial, en relación con las actuaciones que lleven a cabo en desarrollo de los respectivos
convenios bilaterales.
Cláusula 7
De acuerdo a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio tendrá una duración de un año
que comenzará a partir de la fecha de su firma, sin perjuicio de su resolución anticipada por
las causas establecidas en la cláusula 7.
Antes de la fecha de su finalización, el Convenio podrá ser prorrogado año a año, hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo adoptado entre las partes en el
seno de la Comisión de Seguimiento.
BOCM-20221214-36
Vigencia del Convenio
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
munidad de Madrid de las empresas contactadas que, no habiendo aceptado los requerimientos formulados por Ecoembes, pudieran estar incumpliendo la Ley de Envases, así
como las empresas dadas de baja en el SIG de Ecoembes sin motivo justificado. Todo ello
para que la Comunidad de Madrid pueda adoptar, en el ejercicio de sus competencias, las
medidas oportunas.
4.8. Facilitar a la Comunidad de Madrid y a la FMM la información relativa al desarrollo y seguimiento del presente Convenio, en los términos previstos en el Anexo IV e intercambiar con la Comunidad de Madrid, y en su caso, con las Entidades Locales que se adhieran al SIG mediante el correspondiente convenio bilateral, cualquier información que
sea de interés para el desarrollo de los respectivos acuerdos.
4.9. Apoyar a la Comunidad de Madrid y a la FMM mediante el asesoramiento y el
ofrecimiento de materiales de comunicación, fundamentalmente de campañas. Asimismo,
Ecoembes podrá gestionar algunas acciones de comunicación previo acuerdo de las partes.
Todo ello, en los términos que se detallan en los Anexo I y II.
Cláusula 5
Compromisos de la FMM
La FMM, con la finalidad de contribuir a una aplicación coherente y rigurosa de la normativa de envases en todo el territorio de la Comunidad Autónoma y hacer efectiva la necesaria colaboración interadministrativa en una materia en las que los entes locales tienen
reconocidas competencias esenciales, a través del presente Convenio se compromete a la
realización de las siguientes actuaciones:
5.1. Informar a los Municipios y Mancomunidades sobre el presente Convenio y su
contenido.
5.2. Participar en el seguimiento del Convenio, en concreto, formando parte de la
Comisión de Seguimiento y evaluando en su seno la información recibida de Ecoembes sobre la marcha del programa integral de gestión de residuos de envases en la Comunidad de
Madrid y en los ámbitos locales que participen en el SIG mediante los correspondientes
convenios bilaterales.
5.3. Participar en la determinación de las concretas medidas de comunicación y promoción, a través de su participación en el Grupo de Trabajo creado a tal efecto conforme a
la cláusula 10 de este Convenio.
Cláusula 6
Participación de las Entidades Locales en el Sistema Integrado de Gestión
6.1. Las Entidades Locales podrán participar en el sistema integrado de gestión de
residuos de Ecoembes, mediante la celebración de los correspondientes convenios bilaterales de adhesión al SIG, conforme al modelo contenido en el Anexo V, que Ecoembes se
compromete a firmar con todas las entidades interesadas y que será suscrito por el representante de la Entidad Local y Ecoembes en los términos acordados entre las partes.
6.2. Ecoembes pondrá a disposición de la Comunidad de Madrid, a su solicitud, la
información que obre en su poder proveniente de las Entidades Locales de su ámbito territorial, en relación con las actuaciones que lleven a cabo en desarrollo de los respectivos
convenios bilaterales.
Cláusula 7
De acuerdo a lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio tendrá una duración de un año
que comenzará a partir de la fecha de su firma, sin perjuicio de su resolución anticipada por
las causas establecidas en la cláusula 7.
Antes de la fecha de su finalización, el Convenio podrá ser prorrogado año a año, hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo adoptado entre las partes en el
seno de la Comisión de Seguimiento.
BOCM-20221214-36
Vigencia del Convenio