D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
Pág. 472
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
de Convenio que se adjunta como Anexo VI al Convenio entre la Comunidad de
Madrid, la FMM y ECOEMBES, de modo que la participación en el SIG de las
Entidades Locales de la Comundiad de Madrid se articule bajo unas mismas
condiciones, en términos de igualdad y conforme a la normativa aplicable.
IV.
Que, el 09 de abril de 2022, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, cuya entrada en vigor se establece el día siguiente al de su publicación
en el B.O.E.. No obstante lo anterior, conforme a su disposición transitoria
segunda, “los sistemas integrados de gestión de residuos existentes a la entrada en
vigor de esta ley se regirán por lo previsto en las normas reguladoras de cada flujo
de residuo” y “dichos sistemas se adaptarán a lo establecido en esta ley en el plazo
de un año desde que entren en vigor las normas que adapten las citadas
disposiciones reguladoras”. A tal efecto, la Ley exige, antes del 5 de enero de 2023,
la adaptación de la normativa de desarrollo en materia de responsabilidad
ampliada del productor a lo previsto en esta ley (Disposición final sexta) y
mantiene vigente la Ley de envases (con rango reglamentario) hasta que se
produzca dicha adaptación (disposición transitoria undécima).
Por lo anteriormente expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de
colaboración para la participación en el SIG gestionado por Ecoembes, con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera: Objeto y ámbito de aplicación.
El presente convenio tiene por objeto regular los compromisos de la Entidad y de
Ecoembes, en lo que respecta al funcionamiento del sistema integrado de gestión de
envases usados y residuos de envases (en adelante SIG) en el ámbito territorial de la
Entidad, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la Ley 11/1997, de 24 de abril,
de Envases y Residuos de Envases modificada por el Real Decreto 252/2006 de 3 de
Marzo por el que se procedió a revisar los objetivos de reciclado y valorización; de la
Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, transitoriamente
vigente y aplicable al SIG; de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados y para una economía circular en lo que resulte de aplicación; así como
de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20221214-36
Asimismo, el convenio determina la responsabilidad de Ecoembres en la financiación
del coste adicional de la recogida selectiva y selección, así como en la garantía de
reciclado y valorización de los residuos de envases.
Pág. 472
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
de Convenio que se adjunta como Anexo VI al Convenio entre la Comunidad de
Madrid, la FMM y ECOEMBES, de modo que la participación en el SIG de las
Entidades Locales de la Comundiad de Madrid se articule bajo unas mismas
condiciones, en términos de igualdad y conforme a la normativa aplicable.
IV.
Que, el 09 de abril de 2022, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, cuya entrada en vigor se establece el día siguiente al de su publicación
en el B.O.E.. No obstante lo anterior, conforme a su disposición transitoria
segunda, “los sistemas integrados de gestión de residuos existentes a la entrada en
vigor de esta ley se regirán por lo previsto en las normas reguladoras de cada flujo
de residuo” y “dichos sistemas se adaptarán a lo establecido en esta ley en el plazo
de un año desde que entren en vigor las normas que adapten las citadas
disposiciones reguladoras”. A tal efecto, la Ley exige, antes del 5 de enero de 2023,
la adaptación de la normativa de desarrollo en materia de responsabilidad
ampliada del productor a lo previsto en esta ley (Disposición final sexta) y
mantiene vigente la Ley de envases (con rango reglamentario) hasta que se
produzca dicha adaptación (disposición transitoria undécima).
Por lo anteriormente expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de
colaboración para la participación en el SIG gestionado por Ecoembes, con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera: Objeto y ámbito de aplicación.
El presente convenio tiene por objeto regular los compromisos de la Entidad y de
Ecoembes, en lo que respecta al funcionamiento del sistema integrado de gestión de
envases usados y residuos de envases (en adelante SIG) en el ámbito territorial de la
Entidad, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la Ley 11/1997, de 24 de abril,
de Envases y Residuos de Envases modificada por el Real Decreto 252/2006 de 3 de
Marzo por el que se procedió a revisar los objetivos de reciclado y valorización; de la
Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, transitoriamente
vigente y aplicable al SIG; de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados y para una economía circular en lo que resulte de aplicación; así como
de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20221214-36
Asimismo, el convenio determina la responsabilidad de Ecoembres en la financiación
del coste adicional de la recogida selectiva y selección, así como en la garantía de
reciclado y valorización de los residuos de envases.