D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

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2. Modificación de las ETMR
Las ETMR pueden evolucionar con el tiempo a causa de las exigencias industriales,
tecnológicas, comerciales, reglamentarias u otras. Corresponde a Ecoembes acordar
las modificaciones de las ETMR, siempre y cuando medie la correspondiente
justificación ante la Comunidad de Madrid.
La modificación de las ETMR podrá acordarse en la Comisión de Seguimiento del
Convenio entre la Comunidad de Madrid, la FMM y ECOEMBES, de_________. Una
vez aprobada la modificación, y habiendo sido debidamente notificada, ésta será de
obligado cumplimiento para las Entidades gestoras 127, disponiendo de un periodo de
3 meses de adaptación a las nuevas ETMR

3. Excepciones al cumplimiento de las ETMR
Cualquier excepción al cumplimiento de las ETMR del Anexo IV deberá contar con el
consentimiento previo y expreso de Ecoembes, consentimiento que únicamente
tendrá lugar si hay justificación suficiente. Para ello la Entidad gestora deberá acordar
por escrito con el recuperador/reciclador designado por ella cualquier modificación y
deberá solicitar a Ecoembes la aceptación de dicha modificación. Si la garantía de
retoma ha sido asignada a Ecoembes, ésta podrá acordar con la Entidad gestora y con
el recuperador/reciclador designado una excepción justificada al cumplimiento de las
ETMR.
4. Cumplimiento de las ETMR
El cumplimiento de las ETMR se verificará a través de los controles de calidad
realizados por Ecoembes, sin previo aviso a la planta de la fecha de realización de los
mismos.
Si tras un control de calidad se constata que el material no cumple ETMR, se aplicará
el Procedimiento recogido en el apartado 6 del presente anexo.
5. Control de las ETMR
5.1. Determinación del número de controles de calidad a realizar en una planta de
selección
De cara a garantizar la representatividad estadística del control, se establece el
siguiente procedimiento de cálculo del número de ensayos a realizar.

BOCM-20221214-36

127
Entidad gestora: a los efectos del presente Anexo se refiere a la Entidad local titular de la planta de selección o, en su caso,
Entidad pública o privada a quien hayan designado.