D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 575

No existen diferencias significativas entre los contenedores muestreados y los
contemplados en el inventario. En tal caso se dará por terminado el proceso de
verificación sin incidencias.
Existen diferencias pequeñas pero significativas desde el punto de vista estadístico. Se
recomienda la realización de un conteo estricto con un tamaño de muestra mayor con
el fin de asegurar el resultado del control.
Se aprecian diferencias estadísticamente significativas entre la contenerización
muestreada y la recogida en el inventario remitido por la Entidad. En este caso,
Ecoembes comunica a la Entidad tal incidencia solicitando la actualización del
inventario y de los datos cargados en el sistema de facturación de acuerdo con el
número de contenedores obtenido en el control, desde la fecha de realización del
mismo. Ecoembes no tramitará facturas por el pago fijo de la actividad afectada hasta
que se proceda a la actualización del inventario y, en caso necesario, a la regularización
de la facturación.

Si la Entidad no está de acuerdo con el resultado del control, podrá pedir su repetición en
un plazo máximo de 20 días desde el envío del informe, procediéndose en este caso a su
repetición por la misma empresa que realizó el control inicial, en un plazo máximo de 20 días
desde la comunicación de la Entidad. Si el resultado de este control confirma el rechazo
inicial del inventario, la Entidad deberá asumir su coste además de actualizar el inventario y
los datos cargados para la facturación por recogida en el Sistema Web de Gestión.
1.5 Aplicación informática de gestión de la contenerización
Si la Entidad dispone de dispositivos automáticos de ubicación de contenedores y una
aplicación informática de gestión que incluya al menos la siguiente información: localización
geográfica, número o código identificativo de cada contenedor, fecha de instalación en esa
localización, fecha de baja, operaciones de mantenimiento y reparación (fecha y alcance),
operaciones de limpieza (fecha y alcance), operaciones de vaciado (fecha de cada vaciado,
peso si tiene dispositivo de pesaje individual), dicha información se tendrá en cuenta en la
elaboración del informe de seguimiento.
2)

Justificación de la fórmula utilizada en el procedimiento estadístico

2.1 Unidades que forman parte del muestreo

BOCM-20221214-36

La necesidad de contrastar de forma estadística la información referida a una población a
partir de una muestra, requiere en primer lugar, definir las unidades que se utilizarán para
contrastar dicha información.