D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221214-42)
Convenio –  Adenda de 22 de noviembre de 2022, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales THAM, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 297

Por parte de los Equipos de Atención a la Infancia y la Familia de los Servicios Sociales de Atención
Social Primaria se desarrollarán, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de
Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, las siguientes medidas:
 Sensibilización para el rechazo y eliminación de todo tipo de violencia sobre la infancia y la
adolescencia.
 Prevención efectiva mediante una información adecuada a los niños, niñas y adolescentes, la
especialización y la mejora de la práctica profesional, el acompañamiento de las familias,
dotándolas de herramientas de parentalidad positiva, y el refuerzo de la participación de las
personas menores de edad.
 Impulso de la detección precoz mediante la formación de profesionales.
 Refuerzo de los conocimientos y habilidades de los niños, niñas y adolescentes para que sean
parte activa en la promoción del buen trato y puedan reconocer la violencia y reaccionar frente
a la misma
 Garantía de una actuación coordinada y de colaboración entre los y las profesionales de los
diferentes sectores implicados en la protección de los niños, niñas y adolescentes frente a la
violencia.
 Y cualquier otra relacionada con la materia, dentro del ámbito de la competencia de los Servicios
Sociales de Atención Social Primaria.
Todas estas medidas tendrán un carácter inclusivo y accesible para que puedan atender a todos los
niños, niñas y adolescentes sin excepción.
Gastos que se financian
Los gastos que se podrán financiar con cargo a este programa serán los relativos a:






Personal de los equipos.
Formación para dotar de competencias a los profesionales.
Formación dirigida a las familias.
Materiales de apoyo a la formación.
Gastos corrientes y de gestión.

Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en esta Adenda y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en este Anexo, se obligan
a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de Madrid, en su
caso, pueda gestionar las ayudas que el Ministerio competente en materia de Servicios Sociales,
conceda a las Comunidades Autónomas para el Programa de Protección Integral a la Infancia y la
Adolescencia frente a la Violencia.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
INDICADORES ANEXO VII
1.mACTIVIDADES Y FORMACION
* Nº de Actividades
* Nº de Beneficiarios
* Nº de cursos dirigidos a profesionales
* Nº de profesionales participantes
* Nº de cursos dirigidos a familias

(03/23.425/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221214-42

* Nº de familias participantes