D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221214-39)
Convenio – Adenda de 22 de noviembre de 2022, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2022
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BOCM
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 653
ANEXO II
IMPORTE TOTAL del Anexo II para 2022
142.535,26
Aportación Comunidad de Madrid
71.267,63
Aportación Entidad Local
71.267,63
Por los Servicios Sociales de Atención Primaria se harán efectivas las prestaciones básicas de
servicios sociales de carácter técnico, económico o material, establecidas por la Ley 11/2003, de
27 de marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y conforme a las funciones que
la referida Ley atribuye a la atención primaria. Igualmente se llevará a cabo el ejercicio de las
competencias que el artículo 39 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, atribuye a los
Ayuntamientos, tanto en lo referente a la prestación económica como al derecho a los apoyos
personalizados para la inserción social y laboral.
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
Financia CM
%
Financia EL
%
TOTAL
INFORMACIÓN,
0,00
50
0,00
50
0,00
ORIENTACIÓN,
ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO
Y
VALORACIÓN
EMERGENCIA SOCIAL
61.267,63
50
61.267,63
50
122.535,26
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
PROMOCIÓN SOCIAL
TOTAL
71.267,63
71.267,63
142.535,26
BOCM-20221214-39
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 653
ANEXO II
IMPORTE TOTAL del Anexo II para 2022
142.535,26
Aportación Comunidad de Madrid
71.267,63
Aportación Entidad Local
71.267,63
Por los Servicios Sociales de Atención Primaria se harán efectivas las prestaciones básicas de
servicios sociales de carácter técnico, económico o material, establecidas por la Ley 11/2003, de
27 de marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y conforme a las funciones que
la referida Ley atribuye a la atención primaria. Igualmente se llevará a cabo el ejercicio de las
competencias que el artículo 39 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, atribuye a los
Ayuntamientos, tanto en lo referente a la prestación económica como al derecho a los apoyos
personalizados para la inserción social y laboral.
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
Financia CM
%
Financia EL
%
TOTAL
INFORMACIÓN,
0,00
50
0,00
50
0,00
ORIENTACIÓN,
ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO
Y
VALORACIÓN
EMERGENCIA SOCIAL
61.267,63
50
61.267,63
50
122.535,26
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
PROMOCIÓN SOCIAL
TOTAL
71.267,63
71.267,63
142.535,26
BOCM-20221214-39
B.O.C.M. Núm. 297
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