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Convenio –  Acuerdo de 21 de noviembre de 2022, de Resolución por mutuo acuerdo del convenio celebrado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación ISOS, para colaborar en el Plan de Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 297

tinción del convenio no afectará al cumplimiento de las actuaciones que estuvieran en curso, que se desarrollarán íntegramente hasta su finalización.
Cuarto
Ambas partes manifiestan su voluntad de poner fin a la vigencia del convenio con fecha 30 de noviembre de 2022.
Quinto
De acuerdo con todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la cláusula
decimoprimera del convenio, en los términos del artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, antes referidos, las partes
ACUERDAN
Primero
Resolver por mutuo acuerdo el convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación ISOS para colaborar en el Plan de
Autonomía Personal 16-21: Programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Establecer como fecha de finalización del convenio la del día anterior a la fecha de inicio del nuevo contrato suscrito por la Fundación ISOS para el mismo objeto que el convenio,
con el límite máximo del 31 de diciembre de 2022, tras la cual deberá realizarse la liquidación
en los términos establecidos en el apartado siguiente.
Tercero

BOCM-20221214-38

Liquidar, una vez finalizadas las actuaciones a que se refiere el apartado anterior, las cantidades que queden pendientes entre las partes firmantes del convenio como consecuencia de
las mismas, en los términos previstos en la cláusula octava del convenio y con arreglo a las
reglas establecidas en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En ningún caso, ninguna de las partes tendrá derecho a exigir a la otra cuantía alguna que supere las cantidades
que se hubiera comprometido a aportar en virtud de la citada cláusula octava del convenio.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente acuerdo de resolución, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 21 de noviembre de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política
Social de la Comunidad de Madrid, María Concepción Dancausa Treviño.—El representante de la Fundación ISOS, Diego Patrocinio González.
(03/23.334/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791