A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221213-1)
Plan de estudios –  Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación
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BOCM

MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

9. Conocimiento, selección y uso de léxico común relativo a: la identificación
personal; la actividad profesional, el trabajo y las ocupaciones; la empresa y su
entorno; la educación y la formación; las actividades comerciales; las actividades de la vida diaria; y las tecnologías de la información y la comunicación.
c) Criterios de evaluación:
Se valorará la capacidad de los alumnos para:
1. Comprender la información global y específica más relevante de textos orales
en lengua extranjera relacionados con el sector profesional, articulados a velocidad normal y a través de cualquier canal y en condiciones acústicas buenas.
2. Mantener una conversación en lengua extranjera en el ámbito profesional
usando el registro y estilo adecuados, e interactuando con suficiente fluidez.
3. Comprender textos escritos en lengua extranjera de temática general o relacionados con el sector profesional sabiendo identificar e interpretar adecuadamente la información de carácter técnico.
4. Producir textos orales en lengua extranjera de carácter general y sobre aspectos del sector profesional, bien organizados y con el nivel de detalle requerido, utilizando con razonable corrección un repertorio léxico y estructural relacionado con las situaciones más predecibles.
5. Elaborar documentos escritos en lengua extranjera correspondientes al sector
profesional, en distintos soportes y variedades textuales y con cierta complejidad estructural.
6. Reconocer y utilizar adecuadamente la terminología específica del sector profesional.
ANEXO II
FASE DE FORMACIÓN PRÁCTICA EN EMPRESAS, ESTUDIOS O TALLERES
(Código: CGA-4615)
1. La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tiene como objetivos los siguientes:
a) Completar la formación académica de los alumnos mediante la integración en las
rutinas diarias de trabajo de una empresa o estudio de comunicación audiovisual y
la realización de las funciones profesionales correspondientes a su nivel formativo.
b) Facilitar la toma de contacto de los alumnos con el mundo del trabajo y la incorporación al sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas de la empresa.
c) Contrastar los conocimientos, formación y capacitación adquiridos en el centro
educativo con la realidad empresarial y laboral del sector.
d) Permitir al alumnado que, a través del contacto con la empresa, incorpore a su formación los conocimientos sobre la propia especialidad, la situación y relaciones
del mercado, las tendencias artísticas y culturales, la organización y coordinación
del trabajo, la gestión empresarial, las relaciones sociolaborales en la empresa,
etc., necesarios para el inicio de la actividad laboral.
e) Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, materiales y maquinaria que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro
educativo.
f) Participar de forma activa en las fases del proceso de producción y edición audiovisual bajo las orientaciones del tutor o coordinador correspondiente.
g) Aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos durante el período
de formación teórica y práctica impartida en el centro educativo.
2. El seguimiento y la evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres corresponderá al tutor de prácticas designado por el centro educativo quien
tomará en consideración el grado de cumplimiento de los objetivos y la valoración que realice la empresa.

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