C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221213-23)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 81/2022, de 27 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de Saneamiento de la Urbanización Ciudalcampo (documento técnico mayo de 2022)” promovido por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 159
— Otros organismos afectados:
• Compañía eléctrica Iberdrola (I-DE Redes Eléctricas Inteligentes).
• Compañía de Gas Grupo Naturgy, y Madrileña Red de Gas.
• Telefónica de España, S. A.
Cuarto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son los de San Sebastián de los Reyes y Algete, para su conocimiento e informe,
otorgándose al efecto el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Quinto
Remitir el Plan Especial a la Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, para el inicio
del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, y en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas.
Sexto
BOCM-20221213-23
Suspender en el ámbito la tramitación de instrumentos de ordenación, así como los
procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por
sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada
Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978,
de 23 de junio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(01/23.138/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 159
— Otros organismos afectados:
• Compañía eléctrica Iberdrola (I-DE Redes Eléctricas Inteligentes).
• Compañía de Gas Grupo Naturgy, y Madrileña Red de Gas.
• Telefónica de España, S. A.
Cuarto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son los de San Sebastián de los Reyes y Algete, para su conocimiento e informe,
otorgándose al efecto el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Quinto
Remitir el Plan Especial a la Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, para el inicio
del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, y en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas.
Sexto
BOCM-20221213-23
Suspender en el ámbito la tramitación de instrumentos de ordenación, así como los
procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por
sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada
Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978,
de 23 de junio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el
día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(01/23.138/22)
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ISSN 1989-4791