C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221213-22)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 78/2022, de 27 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Mejora del saneamiento del Real Cortijo de San Isidro en Aranjuez”, que afecta al término municipal de Aranjuez, promovido por Canal de Isabel II, S. A.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO 78/2022, de 27 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid,
relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Mejora del saneamiento del Real Cortijo de San Isidro en Aranjuez”, que
afecta al término municipal de Aranjuez, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de octubre de 2022, a propuesta del Director General de Urbanismo de 20 de octubre de 2022, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto “Mejora del saneamiento del Real Cortijo de San Isidro en Aranjuez”, promovido por Canal de Isabel II,
S. A., que afecta al término municipal de Aranjuez.
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicionpublica

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
• Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de
Comunicación Audiovisual.
— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
• Dirección General de Patrimonio Cultural.
— Consejería de Sanidad.
• Dirección General de Salud Pública.
— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
• Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
• Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección
General de Producción Agroalimentaria. Área de Vías Pecuarias.
• Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
• Dirección General de Economía Circular. Área de Infraestructuras.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
• Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
• Dirección General de Igualdad.

BOCM-20221213-22

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