Móstoles (BOCM-20221213-74)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 301

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MÓSTOLES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Primero.—Asignar transitoriamente durante el período de convalecencia impeditiva
de la concejala doña Marisa Ruiz González, las atribuciones delegadas por el decreto de
esta Alcaldía número 1860/21, de 23 de abril, sobre “nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías Delegadas y Áreas de Gestión que comprende y señalamiento de las atribuciones de la alcaldesa que se delegan, para el mandato 2019-2023”, a
don David Muñoz Blanco, la delegación del Área de Presidencia y Desarrollo Urbano con
los departamentos, servicios y atribuciones especificas propias de dicha delegación, -incluida la Presidencia de la Junta de Distrito 4-, en idénticos términos en las que se venían ejerciendo hasta la fecha.
Segundo.—Integrar transitoriamente durante el período de convalecencia impeditiva de
doña Marisa Ruiz González el presente acuerdo en el decreto de esta Alcaldía número 1860/21,
de 23 de abril, sobre “nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías Delegadas y Áreas de Gestión que comprende y señalamiento de las atribuciones de la alcaldesa
que se delegan, para el mandato 2019-2023”.
Tercero.—Deberá publicarse la delegación efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta a la Junta de Gobierno Local.
Cuarto.—La alcaldesa podrá revocar y avocar en cualquier momento las competencias
delegadas con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.
Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten en virtud del nuevo reparto de
competencias.
Sexto.—Quedan derogados expresamente todos los decretos adoptados anteriormente
en cuanto a delegaciones de la Alcaldía en concejales-delegados, en aquello que se opongan al presente decreto.

BOCM-20221213-74

Mediante decreto de esta Alcaldía número 1860/21, de 23 de abril, sobre “nombramiento y funciones de las Tenencias de Alcaldía, Concejalías-Delegadas y Áreas de Gestión que comprende, y señalamiento de las atribuciones de la alcaldesa que se delegan, para
el mandato 2019-2023” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112,
de 12 de mayo de 2021), que deroga los anteriores decretos de Alcaldía número 2981/19,
de 17 de junio, y número 3914/20, de 23 de octubre, se establecieron las delegaciones genéricas en concejales-delegados para el mandato 2019-2023.
En el mencionado decreto en su apartado 2.2 se determina la delegación en doña María Luisa Ruiz González, actualmente y en adelante doña Marisa Ruiz González, de la Concejalía de Presidencia y Desarrollo Urbano, determinándose los departamentos y servicios
adscritos así como la relación de atribuciones delegadas.
Ante la convalecencia impeditiva de la referida concejala que impide temporalmente
el ejercicio de las delegaciones atribuidas por esta Alcaldía, resulta preciso asignar transitoriamente dichas delegaciones en otros concejales del equipo de gobierno municipal y en
su caso avocar para esta Alcaldía aquellas delegaciones que se estimen oportunas.
Considerando las atribuciones de competencias a favor de la alcaldesa señaladas en el
artículo 124.4.a), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, siendo esta
atribución competencia de aplicación al supuesto descrito.
Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124.5, de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y en relación a los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Visto asimismo lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 29 de abril de 2005.
Por todo lo expuesto, vengo a resolver: