El Boalo (BOCM-20221213-71)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

EL BOALO
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221213-71

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que por decreto del alcalde-presidente, número 505, de fecha 11 de agosto de 2022, se han aprobado las bases específicas que regirán
la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, en régimen de personal laboral fijo,
mediante el procedimiento extraordinario de consolidación de empleo temporal, por el sistema de Concurso de Méritos, de 12 plazas de peones de Obras y Servicios.
Este procedimiento se llevará a efecto conforme a las bases generales que regulan el
proceso extraordinario de estabilización/consolidación de empleo temporal en el ayuntamiento de El Boalo, que aparecen BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de fecha 21 de julio de 2021, y conforme a las bases específicas que aparecen insertas íntegramente en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de El Boalo
y en la página web municipal: http://www.elboalo-Cerceda-Mataelpino.org/ (Pestaña Información Ciudadana/Empleo).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” (punto 5.1.1 de las bases generales).
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la LPACAP, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes
desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo. La
interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 117 de la LPACAP.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente. No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la LPACAP, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no
haberse resuelto en el plazo establecido para ello.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
El Boalo, a 28 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Javier de los Nietos
Miguel.
(03/23.377/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791