Mancomunidad 2016 (BOCM-20221213-93)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

7. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y formalización de
contrato.—Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidato para la formalización del contrato, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización del contrato previa acreditación de
las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
del contrato celebrado.
Téngase en cuenta que hasta que se formalice el mismo y se incorpore al puesto de trabajo correspondiente, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
8. Constitución de Bolsa de Empleo.—Se constituirá una Bolsa de Empleo con las
personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda
ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes
temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La Bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
9. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con
los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de
esta Mancomunidad 2016 previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Contra los actos del Tribunal podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente
de la Mancomunidad 2016 en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente Acuerdo del Tribunal.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
ANEXO
Materias comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. La Organización territorial del Estado en la
Constitución. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía.
Tema 2. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora Bases de Régimen Local. El municipio: territorio y población. Competencias y organización.
Tema 3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Tema 4. La Administración electrónica: rasgos definitorios y regulación de la Ley 39/2015.
La sede electrónica. El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración
por medios electrónicos.

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