D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221213-38)
Convenio –  Convenio de colaboración de 6 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Netmentora Madrid by Réseau Entreprendre, para el desarrollo de actividades dentro del programa de atención a empresas en dificultades
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 195

— Fomentar la aparición de ideas emprendedoras que generen más empleo, en particular mediante la creación y la eventual recuperación de actividades industriales,
comerciales, artesanales y de servicios;
— Proporcionar apoyo técnico e intelectual a cualquier iniciativa para la innovación
y la búsqueda de nuevos nichos de mercado, y en general para mejorar el potencial económico y tecnológico, para la creación o adquisición de empresas;
Y en concreto, en lo referente a este convenio, en la eventual recuperación de actividades industriales, comerciales, artesanales y de servicios.
Por lo anteriormente expuesto, las partes se reconocen mutuamente la capacidad y representación legal necesaria para la suscripción del presente convenio de colaboración (en
adelante, el Convenio) que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del Convenio establecer las pautas de colaboración entre la Comunidad de Madrid y Netmentora Madrid para la realización de las actuaciones necesarias
para prestar el apoyo y seguimiento de las empresas que participen en el Programa de atención a empresas en dificultades.
Segunda
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
se compromete a:
1. Desarrollar una fase de diagnóstico en la que mediante entrevistas con representantes de las empresas que se acojan al Programa de atención a empresas en dificultades determine aquellas que precisen asesoramiento especializado específico que la Comunidad de
Madrid no pueda prestar, y que se estime que podría ser prestada por Netmentora Madrid
en los términos del Convenio. En esta fase, la Comunidad de Madrid asume las obligaciones de identificación y demás obligaciones requeridas, en su caso, en por la Ley 10/2010,
de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo,
respecto de las empresas que se acojan al programa y que se considere que deban ser atendidas por Netmentora Madrid obtendrá y enviará a ésta la documentación relativa a su razón social, su número de identificación fiscal (NIF) y la acreditación de su titular real.
2. Prestar a los profesionales de Netmentora Madrid encargados de la prestación del
servicio, el apoyo necesario para el adecuado desarrollo del Programa de atención a empresas en dificultades.
Netmentora Madrid se compromete a:
1. Prestar, a solicitud de la Comunidad de Madrid, y siempre que así lo considere
oportuno en cada caso, hasta 200 horas anuales de asesoramiento especializado gratuito
prestado por sus socios todos ellos, empresarios y directivos, a las empresas que hayan entrado en el Programa de atención a empresas en dificultades y cuyas solicitudes de orientación gratuita le sean remitidas por la Comunidad de Madrid. En todo caso Netmentora
Madrid, previo estudio de cada una de estas solicitudes, se reserva la decisión de prestar o
no el servicio solicitado en cada ocasión, atendiendo a un número mínimo de 10 empresas
participantes en el programa, destinando al menos 50 horas a las acciones asesoramiento
especializado.
2. Salvo acuerdo expreso de las partes en otro sentido, las horas de asesoramiento
prestadas por los socios de Netmentora Madrid, serán en las diferentes áreas funcionales de
las empresas, como son, entre otras: dirección, recursos humanos, marketing y ventas, finanzas... Todo ello en función de las necesidades que fije la Comunidad de Madrid respecto de las empresas que hayan entrado en el Programa de atención a empresas en dificultades, y siempre teniendo en cuenta la disponibilidad de socios en cada caso.
Las horas dedicadas por los profesionales de Netmentora Madrid a la prestación de
este servicio se considerarán como colaboración ordinaria, en relación a su participación
como socio en Netmentora Madrid.

BOCM-20221213-38

Obligaciones de las partes