D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221213-42)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, para la expedición de “Carné Joven Comunidad de Madrid”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 296

MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 221

Séptima
Régimen jurídico
El Convenio se regirá por lo dispuesto en sus propias cláusulas, siéndole también de aplicación lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en la Ley 40/2015, de 1 de
Octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a las normas generales de derecho
administrativo, los principios de la buena administración y el ordenamiento jurídico general.
Octava
Cuestiones litigiosas
Ambas partes reconocen la naturaleza administrativa de este Convenio. Las controversias no resueltas entre las partes, referidas a la interpretación y cumplimiento del convenio,
en el seno de la Comisión de Seguimiento, serán sometidas a la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Novena
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a
la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia
del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a
la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en el
Anexo I del presente convenio.
Décima
Régimen económico

ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.

BOCM-20221213-42

Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas entre las partes.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio en Madrid y a la fecha indicada en la firma.
Madrid, a 14 de noviembre de 2022.—En representación del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, el alcalde, Luis Guadalix Calvo.—En representación de la Comunidad de
Madrid, P. D. F. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), el Director General de Juventud,
Nikolay Yordanov.